INFORMACIÓN GENERAL
El importe del trámite no personal de 25 euros es por la no realización del trámite de manera presencial en el Consulado. Los gastos de mensajería deben ser cubiertos por los interesados.
Cuando el trámite se solicite por mensajería si no se recibe la documentación completa, incluida la planilla de solicitud con todos los datos, al cabo de 10 días le será devuelto, a la misma dirección del remitente, y la mensajería correrá a su cargo.
CASARSE EN CUBA
Para contraer matrimonio en Cuba usted debe llevar consigo la siguiente documentación:
1. Certificado de nacimiento
2. Certificado de su estado civil
-Certificación de fe vida y estado: Si nunca se ha casado
-Sentencia firme de divorcio: Si es divorciado
- Certificación de defunción y matrimonio de su conyugue: Si es viudo
3. Pasaporte
Las certificaciones deben presentar en Cuba deben estar legalizadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España (previo Tribunal de Justicia de la Autonomía y Ministerio de Justicia) y por el Consulado cubano.
Este servicio tiene un arancel consular de 110.00 euros por cada documento. Si lo realiza a distancia o a través de una tercera persona se adicionarán 25.00 euros por el trámite no personal. Si lo realiza a distancia debe enviar sobre prepagado o indicar su envío por MRW para efectuar la devolución de su documentación.
El pago de los servicios debe realizarlo a través de transferencias bancarias al banco Sabadell a nuestra cuenta (Cuenta No. ES72 0081 0589 2300 0171 7080), debe tener en cuenta que dicho movimiento tarda de 48 a 72 horas en hacerse efectivo.
La presentación del Justificante de Ingreso o Transferencia Original, expedido por el Banco es obligatoria, en todos los casos.