PRÓRROGA DE LA ESTANCIA EN EL EXTERIOR - CONSULADO EN MADRID

Información general

El importe del trámite no personal de 25 euros es por la no realización del trámite de manera presencial en el Consulado. Los gastos de mensajería deben ser cubiertos por los interesados. 

Cuando el trámite se solicite por mensajería si no se recibe la documentación completa, incluida la planilla de solicitud con todos los datos, al cabo de 10 días le será devuelto, a la misma dirección del remitente, y la mensajería correrá a su cargo.

Prórroga de la estancia en el exterior

Este servicio se ofrece a ciudadanos cubanos con residencia permanente en Cuba, próximos a cumplir los dos años de estancia ininterrumpida en el exterior, que por causas ajenas a su voluntad no podrán hacer entrada al territorio nacional y desean conservar su categoría migratoria. Este trámite cuenta con dos momentos, la solicitud y el otorgamiento.

Para realizar la solicitud el interesado debe presentar:

  1. Pasaporte cubano vigente.
  2. Nota donde explique las causas de su solicitud.
  3. Documentos que avalen los motivos de su solicitud (si corresponde).
  4. Justificante del pago

La solicitud tiene un arancel de 25.00 euros. Si desea realizarlo por correo postal, o a través de una tercera persona se le adicionarán 25 euros por el trámite no personal.

Una vez recibamos la respuesta a su solicitud en caso de ser positiva, antes de viajar a Cuba debemos estampar en su pasaporte el otorgamiento, por los cuales deberá abonar 40 euros por cada mes de prórroga autorizado.

Si desea solicitar otra prorroga debe hacerlo un mes antes de la fecha de vencimiento de la que le fue otorgada.

En caso de hacerlo por mensajería debe enviar un sobre con la documentación descrita anteriormente y una carta de solicitud aclarando el trámite que solicita. Si lo solicita mediante correo electrónico debe enviar al email consulado@es.embacuba.cu copia de la documentación solicitada.

El pago de los servicios debe realizarlo a través de transferencias bancarias al banco Sabadell a nuestra cuenta (Cuenta No.  ES72 0081 0589 2300 0171 7080), debe tener en cuenta que dicho movimiento tarda de 48 a 72 horas en hacerse efectivo, o directamente en el Consulado con una tarjeta Visa, por razones ajenas a nuestra voluntad, no aceptamos el pago con otras tarjetas.

La presentación del Justificante de Ingreso o Transferencia Original, expedido por el Banco es obligatoria, en todos los casos.

Descargar planilla.

Categoría
Comunidad cubana
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