Solicitud de Visas de Turismo Online
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NOTA INFORMATIVA
16/05/2023
Nuevas medidas migratorias
Se mantiene vigente la prórroga de estancia ininterrumpida en el exterior, más allá de los 24 meses, automática y sin costo; anunciada en marzo del 2020 con el objetivo de apoyar a nuestros nacionales que se encontraban en el extranjero durante el período crítico de la Covid-19.
En correspondencia con lo señalado, como parte de la actualización periódica de nuestra Política Migratoria y del análisis realizado por nuestro gobierno, se ha decidido adoptar tres (3) medidas de carácter migratorio-consular dirigidas a beneficiar a los cubanos residentes en Cuba y en el exterior, así como la relación familiar entre estos.
Estas medidas se adoptan en el contexto de las difíciles condiciones resultantes del reforzamiento del bloqueo y de la hostilidad del gobierno de los Estados Unidos, hechos, estos últimos, dirigidos a asfixiar la economía cubana, dañar el nivel de vida de la población, establecer restricciones extraordinarias a la relación de Cuba con los cubanos que radican en territorio estadounidense y en otros países, así como a crear obstáculos adicionales para la comunicación directa y los vínculos de los emigrados con la nación.
También se adoptan bajo el indiscutible impacto socioeconómico, a nivel global, de la pandemia Covid-19; cuyos efectos aún resultan palpables, en particular en el caso de Cuba, un país que sufre una persecución financiera brutal por parte del mayor imperio que haya conocido la humanidad.
Las medidas en cuestión son:
- Extender la validez del pasaporte corriente de seis (6) a diez (10) años, para los ciudadanos cubanos con dieciséis (16) o más años de edad, y fijarla en cinco (5) años para los menores; eliminar el requisito de prorrogar los pasaportes cada dos (2) años, y disminuir el costo de los trámites asociados a los pasaportes en los consulados.
- Equiparar el tiempo de estancia en Cuba de los cubanos residentes en el exterior y sus familiares extranjeros (cónyuges e hijos), durante su estancia en el país.
- Establecer, para las personas que emigraron antes del 1 de enero de 1971, el requisito de presentar su pasaporte cubano para ingresar a Cuba; conforme a lo establecido en la Constitución de la República, aprobada en 2019 en referéndum popular.
Estas medidas entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2023.
Mayores detalles sobre estas medidas migratorias-consulares y las particularidades para cada territorio serán informados en las próximas horas, a través del espacio de la Mesa Redonda, el sitio Nación y Emigración, el sitio web de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, los consulados de Cuba alrededor del mundo, las redes sociales en general y las oficinas municipales de trámites del Ministerio del Interior.
Reiteramos, una vez más, la voluntad de nuestro gobierno de continuar implementando, de manera invariable, la política de fortalecimiento de los vínculos con nuestros nacionales en el exterior.
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NOTA INFORMATIVA
1 de noviembre de 2022
Tal y como anunció el Ministerio de Turismo de la República de Cuba, a partir del primero de noviembre todo turista que visite Cuba con visado de turismo podrá permanecer en el país hasta 90 días, prorrogable por una única vez por igual período de tiempo. La medida favorece la extensión de la estancia de los visitantes en la isla.
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NOTA INFORMATIVA
Modificaciones a los requisitos de entrada al país como parte del Control Sanitario Internacional debido al COVID-19
4 de abril 2022
Las siguientes medidas entrarán en vigor el 6 de abril.
• Eliminar como requisito de entrada al país la presentación de una prueba para COVID-19 (Test de antígeno o PCR-RT) realizada en el país de origen, así como el certificado de vacunación anti-COVID-19.
• Se mantendrá la toma de muestra para estudio de SARS CoV-2 (gratuito) de forma aleatoria a viajeros en los puntos de entrada al país, teniendo en cuenta la cantidad de vuelos, la entrada de embarcaciones y el riesgo epidemiológico que represente el país de origen.
• De resultar positiva la muestra tomada en el punto de entrada se procederá según los protocolos aprobados en el país para el control clínico-epidemiológico de la COVID-19.
• Se mantienen todos los flujos y medidas implementadas en todos los puntos de entrada al país que garantizan el distanciamiento social y la desinfección de las manos y superficies.
• Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla en todos los puntos de entrada al país.
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NOTA INFORMATIVA - MINISTERIO DE SALUD
Es imprescindible reforzar las medidas para proteger el país
30 de diciembre 2021
Teniendo en cuenta el incremento que se ha producido de los viajes internacionales desde el 15 de noviembre, así como el alto poder de diseminación de esta nueva variante, que tiene la capacidad de duplicar el número de casos en apenas dos o tres días, se ha decidido modificar las medidas de control sanitario internacional en nuestro país y adoptar otras de carácter general, que serán efectivas a partir del próximo 5 de enero.
Medidas que se mantienen en el control sanitario internacional:
Para los viajeros procedentes de Sudáfrica, Lesoto, Botswana, Zimbabue, Mozambique, Namibia, Malawi y Eswatini.
Será obligatorio:
-Presentar en el punto de entrada un esquema de vacunación completo.
-Mostrar el resultado negativo de un PCR-RT, realizado como máximo 72 horas antes del viaje.
-En el punto de entrada se les tomará muestra para realizar PCR-RT a SARS-CoV-2.
-Realizarán cuarentena obligatoria, por ocho días, en un hotel destinado al efecto, asumiendo el propio viajero los costos de alojamiento y de transportación.
-Al séptimo día se hará una nueva toma de muestra que, de resultar negativa, permitirá el alta de la cuarentena al octavo día.
Medidas que se incorporan para el control sanitario internacional:
En el caso de los viajeros procedentes del resto del mundo, sean o no residentes en Cuba:
-Será obligatorio presentar en el punto de entrada un esquema de vacunación completo.
-Será obligatorio mostrar el resultado negativo de un PCR-RT, realizado como máximo 72 horas antes del viaje.
-Se incrementará la vigilancia aleatoria, a partir de la realización de PCR-RT en frontera a viajeros procedentes de países de alto riesgo.
Además de las anteriores medidas, los cubanos residentes en el país que no tengan esquema de vacunación, para entrar al territorio nacional, estarán obligados a:
-Realizarse en el punto de entrada una toma de muestra para PCR-RT a SARS-CoV-2.
-Cumplir con una cuarentena obligatoria, por ocho días, en un hotel destinado al efecto, asumiendo el propio viajero los costos de alojamiento y de transportación.
-Al séptimo día se hará una nueva toma de muestra que de resultar negativa permitirá el alta de la cuarentena al octavo día.
Todos los tripulantes y pasajeros de embarcaciones mercantes que pretendan entrar a Cuba, y procedan de puertos extranjeros, deberán presentar un esquema de vacunación completo y, además, se les realizará estudio de PCR en el punto de entrada.
Estarán exentas de estas medidas las tripulaciones de aviones y de los cruceros que permanezcan menos de 48 horas en el territorio nacional. En ambos casos tendrán que presentar su esquema de vacunación completo.
Los pasajeros de cruceros y de embarcaciones de recreo, para entrar al país tendrán que presentar un certificado internacional de vacunación contra la COVID-19.
Los viajeros extranjeros que arriban a Cuba y forman parte de la matrícula de escuelas internacionales, becas en instituciones cubanas, técnicos y colaboradores extranjeros que se albergan, realizarán en sus respectivos centros una cuarentena de ocho días, y se les realizará un PCR-RT al séptimo día de su arribo.
No requerirán de esquema de vacunación completo:
-Niños hasta los 12 años, de cualquier nacionalidad u origen.
-Adultos que por causas médicas, y debidamente certificadas, no puedan ser vacunados con ninguna de las vacunas aprobadas hasta hoy por las agencias reguladoras correspondientes.
Propuestas de otras medidas dentro del país:
-Todo viajero que arribe a Cuba y resulte positivo a la COVID-19 será ingresado en las instituciones de Salud designadas al efecto en cada territorio.
-Todos los contactos directos de estos viajeros serán aislados en centros designados para ello en cada territorio, o en el hogar, siempre que existan las condiciones necesarias y se garantice el cumplimiento de esta medida.
-Los casos autóctonos confirmados que sean de riesgo, o la gravedad de su cuadro lo amerite, se ingresarán en instituciones de Salud destinadas al efecto. El resto podrá ser ingresado en el hogar acorde con las condiciones de cada territorio.
-Los contactos directos de los casos autóctonos confirmados se aislarán en sus viviendas y de ser necesario lo harán institucionalmente, por espacio de ocho días.
-Las gestantes y niños menores de diez años confirmados se aislarán en las instituciones de salud destinadas al efecto.
-El estudio de los contactos de primer orden de los casos confirmados se hará en el momento que se conozca su condición de contacto.
-Para identificar casos sospechosos se reorganizará la pesquisa a la población en todos los territorios, priorizando las áreas de mayor riesgo.
-Teniendo en cuenta la alta transmisibilidad de la variante ómicron y su presencia ya en el país, no se realizarán actividades masivas que generen conglomerados de personas. Se mantendrán las actividades de pequeño formato con el cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas.
-Todos los territorios del país enviarán al laboratorio nacional de referencia del Instituto de Medicina Tropical «Pedro Kourí» las muestras positivas identificadas seleccionadas para su secuenciación.
-Acelerar la aplicación de las dosis de refuerzo en todo el país, en correspondencia con la disponibilidad de vacunas existente.
Ante la presencia del virus, continúa siendo vital para mantener un control sobre la epidemia actuar con responsabilidad en todos los escenarios y así acompañar los enormes esfuerzos que se realizan para avanzar en una campaña de vacunación sin precedentes en Cuba.
Tras poco más de siete meses de iniciadas estas acciones, al cierre del 28 de diciembre —fecha en que se habían aplicado 30 millones 274 mil 009 dosis de vacunas— un total de 9 millones 643 mil 835 personas habían completado su esquema de vacunación, lo que representa el 91,3% de la población vacunable.
Como parte de nuestras acciones para inmunizar a la población, el pasado mes de noviembre se comenzó, además, a administrar una dosis de refuerzo a los mayores de 19 años que seis meses atrás hubieran concluido su esquema de vacunación.
Ante la amenaza que significa la expansión de la variante ómicron, en Cuba se decidió adelantar el cronograma de vacunación en todos los grupos de riesgo y territorios. Esta decisión incluye también la posibilidad de recibir la dosis de refuerzo a partir de los tres meses de la última vacuna.
Asimismo, se ha decidido comenzar la vacunación con dosis de refuerzo a los convalecientes, previamente vacunados con Soberana Plus, luego de seis meses de haber sido inmunizados.
A partir de esta semana, en el país se ha priorizado el grupo de riesgo de las embarazadas.
Como conceptos esenciales para llevar a cabo esta estrategia se garantiza una vacunación extensiva e intensiva, en la cual se emplearán las tres vacunas cubanas con Autorizo de Uso de Emergencia: Soberana Plus, Soberana 02 y Abdala.
Hasta el 28 de diciembre los territorios habían aplicado un millón 610 mil 388 de dosis de vacuna de refuerzo, a partir de las que recibieron y las reservas con que contaban.
Luego de un año de complejos desafíos epidemiológicos que nos impuso la COVID-19, Cuba ha comenzado a transitar una nueva etapa en el control del virus, que requiere del acompañamiento responsable de todos.
Que el reencuentro con familiares y amigos que distinguen siempre estas fechas del año, no nos lleven a echar por tierra el descomunal esfuerzo de tantos, que nos ha permitido llegar a este nuevo momento de apertura en el país.
Retomemos nuestras acciones cotidianas con disciplina y el estricto cumplimiento de los protocolos establecidos, para que la familia cubana no tenga que lamentar más daños como consecuencia de esta terrible epidemia.
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Nota informativa del Ministerio de Salud Pública
Ante la aparición de una nueva variante del coronavirus que causa la COVID-19 denominada “Ómicron” (B.1.1.529), identificada como variante “de preocupación” por la Organización Mundial de la Salud (OMS), con una rápida diseminación, aislándose casos en varios países del mundo, se decide aplicar nuevas medidas de reforzamiento en el control de viajeros internacionales.
Los viajeros procedentes de: Sudáfrica, Lesoto, Botswana, Zimbabwe, Mozambique, Namibia, Malawi y Eswatini (antes Suazilandia), a su entrada a nuestro país deberán cumplir los requisitos siguientes:
Presentar en el punto de entrada un esquema de vacunación completo.
El resultado negativo de un PCR-RT realizado como máximo 72 horas previo al viaje.
Se le realizará en el punto de entrada una toma de muestra para PCR-RT a SARS-CoV-2.
Se les aplicará cuarentena obligatoria por siete días en un hotel destinado al efecto, asumiendo el viajero los costos de alojamiento y transportación.
Se les realizará una nueva toma de muestra para PCR-RT a SARS-CoV-2 al sexto día, y de ser negativa serán dado de alta de la cuarentena al séptimo día.
En el caso de los viajeros procedentes de Bélgica, Israel, Hong Kong, Egipto y el resto de los países de África Subsahariana (Angola, Benín, Burkina Faso, Burundi, Cabo Verde, Camerún, Chad, Comoras, Costa de Marfil, Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bisáu, Guinea Ecuatorial, Kenia, Liberia, Madagascar, Malí, Mauricio, Mauritania, Níger, Nigeria, República Centroafricana, República del Congo, República Democrática del Congo, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tanzania, Togo, Uganda, Yibuti y Zambia).
Se les aplicarán las mismas medidas que a los anteriores países con excepción de la cuarentena y el PCR-RT al sexto día.
Las medidas se pondrán en vigor a partir del día 4 de diciembre de 2021.
Ministerio de Salud Pública de Cuba
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NOTA INFORMATIVA
7 de noviembre 2021
Precisiones sobre el nuevo protocolo sanitario a aplicarse en Cuba a partir del 7 de noviembre de 2021:
- A partir del 7 de noviembre se elimina la cuarentena a la entrada al país.
- Hasta el día 14 de noviembre a las 12 de la noche se realizará prueba PCR a todos los viajeros que arriben a Cuba.
- Hasta el día 14 de noviembre hasta las 12 de la noche se exigirá a todos los viajeros que arriben al país la presentación de los resultados de una prueba PCR con menos de 72 horas de realizada en un laboratorio certificado del país de origen (quedan eximidos los menores de 12 años).
- A partir del día 15 de noviembre se elimina la realización del PCR a la entrada al país.
- A partir del 15 de noviembre se establece la presentación del pasaporte de salud o certificado de vacunación para todos los viajeros internacionales, cubanos o extranjeros. Quienes no posean ese documento deberán portar al arribo una certificación de PCR negativo a Covid-19, efectuado 72 horas antes de viajar en un laboratorio certificado en el país de origen (quedan eximidos los menores de 12 años).
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NOTA INFORMATIVA
Sobre la extensión del tiempo de entrada a Cuba pasado los 24 meses de estancia en el exterior
3 de agosto 2021
Se informa a los usuarios de los Consulados Generales de Cuba en España, que, debido a la persistencia de la compleja situación epidemiológica a causa de la COVID-19, el gobierno de Cuba ha informado desde el 27 de abril último que los cubanos que se encuentren en el exterior cercanos a cumplir los 24 meses después del cierre perimetral de Cuba del 19 de marzo de 2020, se les prorroga de forma automática y sin costo su permanencia en el exterior, hasta nuevo aviso, con lo cual conservarán su condición de residentes permanentes en Cuba.
Esta medida es aplicable también a los extranjeros con residencia permanente en el territorio nacional.
Reiteramos a la comunidad cubana residente en todas las jurisdicciones consulares, la necesidad de mantenerse informada por los medios nacionales cubanos sobre la evolución de esta medida.
Consulados Generales de Cuba en Sevilla, Barcelona, Canarias, Santiago de Compostela y Madrid.
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NUEVA SEDE CONSULAR E INFORMACIONES
NOTA INFORMATIVA
26 de febrero 2021
Se notifica que, como se había informado mediante aviso del 05 de febrero de 2021, Consulado General de Cuba en Islas Canarias reanudará los trámites y atención consular presenciales a partir del 1 de marzo del año en curso.
Las solicitudes de citas continuarán realizándose a través del correo electrónico (consulado2@canarias.embacuba.cu).
NUEVA DIRECCIÓN DE LA SEDE CONSULAR:
CALLE SANTIAGO RUSIÑOL No.12
LAS PALMAS, GRAN CANARIA
CODIGO 35005
Consulado General de Cuba en Islas Canarias, España
Jurisdicción: Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro y La Palma.
Dirección: Calle Santiago Rusiñol No.12 Las Palmas de Gran Canarias. 35005
email: consulado@canarias.embacuba.cu
Sitio Web: http://misiones.minrex.gob.cu/es/espana/consulado-general-de-cuba-en-isl...
Facebook: @Consulado de Cuba en Islas Canarias.
Twitter: @ConsCubaCanaria
Cuenta Banco BBVA: ES 8701825925850201501561.
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CAMBIO DE SEDE CONSULAR
NOTA INFORMATIVA
5 de febrero 2021
Se informa que este Consulado General no ofrecerá atención consular ni realizará ningún tipo de trámite presencial en la semana del 22 al 27 de febrero del año en curso, por motivo del traslado de sede.
La desconexión de los ordenadores y teléfonos, para su traslado a nueva sede, se realizará el día 17 de febrero del año en curso a las 2.00pm.
Los trámites y atención consular presencial se reanudarán el día 1 de marzo del año en curso.
NUEVA DIRECCIÓN DE LA SEDE CONSULAR:
CALLE SANTIAGO RUSIÑOL No.12
LAS PALMAS, GRAN CANARIA
CODIGO 35005
Se aconseja tener en cuenta las mencionadas fechas al momento del envío de información y/o trámites tanto por correo electrónico como postal.
Para mayor precisión y aclaraciones, favor contactar por las vías conocidas en días laborables hasta el 17 de febrero del año en curso a las 2.00pm.
Consulado General de Cuba en Islas Canarias, España
Jurisdicción: Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro y La Palma.
Dirección: Calle León y Castillo, 247, Ciudad Jardín, CP 35005, Las Palmas de Gran Canarias.
email: consulado@canarias.embacuba.cu
Sitio Web: http://misiones.minrex.gob.cu/es/espana/consulado-general-de-cuba-en-isl...
Facebook: @Consulado de Cuba en Islas Canarias.
Twitter: @ConsCubaCanaria
Cuenta Banco BBVA: ES 8701825925850201501561.
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Nuevas medidas vinculadas a los cubanos en el exterior, extranjeros residentes en Cuba y viajeros internacionales.
NOTA INFORMATIVA
12 de octubre 2020
Como parte del nuevo Plan de Enfrentamiento a la Covid-19 anunciado recientemente por nuestro gobierno, se han adoptado nuevas medidas vinculadas a los cubanos en el exterior, extranjeros residentes permanentes en Cuba y viajeros internacionales, que entrarán en vigor a partir del 12 de octubre. En este sentido se informa lo siguiente:
Los ciudadanos cubanos y extranjeros con residencia permanente en el territorio nacional que tenían aprobadas prórrogas de estancia o se les vencía el término de los 24 y 12 meses, respectivamente a partir del 19 de marzo de 2020, podrán permanecer en el exterior hasta el 12 de octubre de 2021 sin perder su condición de residentes en el territorio nacional.
Se extiende hasta junio del año 2021, la posibilidad de que los ciudadanos cubanos que hoy se encuentran en países donde se aplica la captura de datos biométricos, puedan solicitar el pasaporte sin tener que visitar nuestros Consulados y Oficinas Consulares. Para ello, deben utilizar la planilla de solicitud disponible en el sitio web de cada consulado u oficina consular y cumplir con los requisitos de calidad establecidos para la foto y firma.
Los viajeros que arriben en vuelos internacionales deberán cumplir estrictamente con los protocolos y medidas sanitarias que establezcan las autoridades sanitarias cubanas.
A todos los viajeros procedentes del exterior se le aplicará la prueba PCR.
Para mayor precisión, los interesados deben contactar con el Consulado u Oficina Consular de Cuba en el país en el que se encuentran.
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NOTA INFORMATIVA
2 de junio de 2020
Ante la favorable evolución del SARS COV 2/Covid-19 en las Islas Canarias que ha conllevado a un proceso de vuelta a la normalidad en cuanto a la flexibilización de las medidas de distanciamiento social por etapas, se ha decidido comenzar la atención consular presencial a partir del próximo Lunes 8 de junio del año en curso.
Medidas sanitarias a cumplir:
- Se permitirá la entrada solo al interesado, excepto aquellos acompañados de menores o discapacitados. No podrá acceder con algún tipo de bulto.
- Se tomará la temperatura a la entrada. Se prohibirá la entrada a personas con síntomas respiratorios o fiebre.
- Es obligatorio el uso de mascarilla y la desinfección de las manos.
Solo permanecerán en el Consulado aquellas personas que están siendo atendidas.
Se mantienen vigentes hasta nuevo aviso las modalidades de atención consular no presenciales:
I.-Los ciudadanos cubanos podrán confeccionar el pasaporte sin tener que visitar nuestro Consulado, hasta nuevo aviso.
Para ello deben utilizar la planilla de solicitud disponible en el Sitio Web del Consulado General y cumplir con los requisitos de calidad establecidos para la foto y firma.
La solicitud de pasaporte se realizará por EMAIL o el CORREO POSTAL, (para ello deben utilizar la PLANILLA DE SOLICITUD DE PASAPORTE disponible en el Sitio Web:
http://misiones.minrex.gob.cu/es/espana/servicios-consulares y cumplir los requisitos de calidad establecidos para la foto y firma).
Por EMAIL:
El trámite de Solicitud de Pasaporte se hará a través del email consulado@canarias.embacuba.cu enviando copia en formato digital de lo siguiente:
- Página principal del Pasaporte (la que tiene foto y datos del titular).
- Una (1) foto a color.
- Formulario para trámites migratorios.
- Copia del Certificado de Nacimiento cubano, o del Carnet de Identidad cubano.
- Recibo de la transferencia bancaria del pago en el Banco a la cuenta del Consulado (209.00 Euros), en la cuenta Banco BBVA: ES 8701825925850201501561.
Por CORREO POSTAL:
Por sobre personal dirigido al Consulado General de Cuba en Islas Canarias, sito en Calle Santiago Rusiñol, 12, Ciudad Jardín, CP 35005, Las Palmas de Gran Canaria.
Debe incluir:
1. Página principal del Pasaporte (la que tiene foto y datos del titular).
2. Una (1) foto a color.
3. Copia del Certificado de Nacimiento cubano, o del Carnet de Identidad cubano.
4. Planilla de SOLICITUD DE PASAPORTE correspondiente (orientarse en sitio web las planillas de solicitud)
- Comprobante del pago establecido según arancel consular, previendo el depósito adicional de 25.00 euros, como arancel consular por concepto de Trámite No Personal. Total: 209.00 Euros.
Todo pago debe realizarse mediante depósito bancario o transferencia bancaria a la Cuenta del Consulado General de Cuba en Islas Canarias, España, en el Banco BBVA, CON NUMERO DE CUENTA: ES 8701825925850201501561. No se aceptarán pagos en efectivo. El efectivo enviado por correo postal será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.
Una vez se restablezcan los vuelos entre España-Cuba y podamos recibir los nuevos pasaportes, se les hará llegar a los solicitantes a la dirección que se indique.
Deberán definir claramente: Nombre y Apellidos del titular, dirección Postal y teléfono personal, para garantizar su remisión oportuna.
El envió del nuevo Pasaporte se hará por la Agencia de Mensajería MRW, la cual cobraría el servicio en el destino contra reembolso.
II.- Los ciudadanos cubanos próximos a cumplir los 24 meses de estancia ininterrumpida en el extranjero, no necesitarán solicitar prorrogas a partir del 19 de marzo de 2020 y podrán permanecer fuera de Cuba hasta nuevo aviso, manteniendo su condición de Residentes Permanentes en el territorio nacional.
En igual sentido, los ciudadanos extranjeros residentes en Cuba que cumplan 12 meses de estancia ininterrumpida en el extranjero.
Se mantiene la atención consular mediante citas que podrán ser solicitadas por el correo electrónico: consulado2@canarias.embacuba.cu
Para mayor precisión, favor contactar con el Consulado General de Cuba en Islas Canarias, España, a través de las siguientes vías:
Consulado General de Cuba en Islas Canarias, España
Jurisdicción: Gran Canaria, Tenerife, Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro y La Palma.
Dirección: Calle León y Castillo, 247, Ciudad Jardín, CP 35005, Las Palmas de Gran Canarias.
email: consulado@canarias.embacuba.cu
Sitio Web: http://misiones.minrex.gob.cu/es/espana/consulado-general-de-cuba-en-islas-canarias
Facebook: @Consulado de Cuba en Islas Canarias.
Twitter: @ConsCubaCanaria
Cuenta Banco BBVA: ES 8701825925850201501561.
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EJEMPLO DE LA INFORMACIÓN A ENVIAR POR EMAIL EN FORMATO DIGITAL:
- Página principal del Pasaporte (la que tiene foto y datos del titular).
- Una (1) foto a color (de frente y con el rostro descubierto). Si es posible con la firma incluida.
- Formulario para trámites migratorios que se adjunta, llenado correctamente.
- Copia del Certificado de Nacimiento cubano, o de Carnet de Identidad cubano.
- Recibo de la transferencia bancaria del pago en el Banco a la cuenta del Consulado (209.00 Euros en la cuenta Banco BBVA: ES 8701825925850201501561.
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ANUNCIA CUBA NUEVAS MEDIDAS MIGRATORIAS
Como parte del continuo e irreversible proceso de actualización de la política migratoria del país, el Gobierno cubano ha decidido aprobar las siguientes medidas, las que entrarán en vigor el 1 de enero de 2018:
1) Eliminar la “Habilitación” del pasaporte para los viajes a Cuba de los emigrados cubanos.
2) Autorizar la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo, a través de las Marinas Turísticas Internacionales Hemingway y Gaviota Varadero. Una vez que estén creadas las condiciones, se ampliaría progresivamente a otras marinas.
3) Permitir la entrada a Cuba de los ciudadanos cubanos que salieron ilegalmente del país, excepto aquellos que lo hicieron a través de la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo.
4) Eliminar el requisito de avecindamiento para que los hijos decubanos residentes en el exterior, que hayan nacido en el extranjero, puedan obtener la ciudadanía cubana y su documento de identidad.
Con estas decisiones, se da continuidad a las adoptadas en enero de 2013, como parte de los esfuerzos que el país realiza en aras de fortalecer aún más las relaciones de Cuba con su emigración, proceso iniciado en 1978 por el Comandante en Jefe de la Revolución, Fidel Castro Ruz.
Por otra parte, el gobierno estadounidense ha decidido reducir drásticamente el personal de su Embajada en La Habana y suspendido la emisión de visas en su Consulado.
El traslado a Colombia de los ciudadanos cubanos para obtener visas de inmigrantes, y a terceros países para otros tipos de visados estadounidenses, sin ninguna garantía de su otorgamiento, además de encarecer considerablemente los viajes, los hace prácticamente inviables. Esto afectará directamente a las familias cubanas que, en lo adelante, no podrán obtener sus visas en La Habana y enfrentarán mayores obstáculos para visitar a sus familiares, e incluso para quienes desean emigrar.
La infundada y arbitraria decisión de expulsar de su territorio a17 funcionarios de la Embajada de Cuba en Washington, incluyendo una parte importante del personal del Consulado, tendrá un impacto negativo en los servicios consulares y dificultará en particular los viajes a nuestro país de los cubanos residentes en los Estados Unidos.
El Gobierno de Cuba continuará estudiando nuevas medidas de actualización de su política migratoria.
Próximamente, se publicarán en la Gaceta Oficial las distintas normas jurídicas que acompañarán la implementación de estas medidas y se ofrecerá también a la población información adicional sobre los procedimientos que se pondrán en vigor.
Esta información estará igualmente disponible en las 189 Oficinas de Trámites del MININT, con representación en todos los municipios del país; en la Oficina de Atención a la Población de la Dirección de
Identificación, Inmigración y Extranjería, a través del teléfono 18808; así como en el Sitio Web “Nación y Emigración” http://www.nacionyemigracion.cu/ y en los distintos sitios web de las Embajadas y Consulados cubanos alrededor del mundo.