Jurisdicción: Madrid, Castilla - La Mancha, Castilla y León, La Rioja, Navarra y País Vasco
¡¡¡ANUNCIO IMPORTANTE !!!
LES COMUNICAMOS QUE A PARTIR DE LAS 00:00 DEL DÍA 19/08 HASTA EL 24/08/26 SE REALIZARÁ PARADA TÉCNICA DEL SISTEMA EVISA POR LO QUE SUGERIMOS QUE CONTACTEN A LAS AGENCIAS DE TURISMO PARA TRAMITACIÓN DE VISADOS TURÍSTICOS. DISCULPEN LAS MOLESTIAS.
COMO REQUERIMIENTO INDISPENSABLE PARA REALIZAR SERVICIOS EN NUESTRO CONSULADO, DEBERÁN PRESENTAR OBLIGATORIAMENTE EL PASAPORTE CUBANO FISICO Y COMPROBANTE DE PAGO POR EL MONTO DEPOSITADO DE MANERA IMPRESA (Número de cuenta: ES72 0081 0589 2300 0171 7080).
El pago de los servicios consulares deberá realizarse a través de depósitos en cajeros o transferencias bancarias a las cuentas correspondientes de cada Consulado con la opción inmediata. Se deberá tener en cuenta que una transferencia bancaria no inmediata tarda entre 48 y 72 horas en hacerse efectiva.
Les rogamos tener en cuenta que las personas que se presenten en este Consulado para realizar cualquier trámite, deben observar que – por ser esta una institución oficial cubana –, las normas exigen que a nuestras instalaciones no se permita la entrada vistiendo pantalón corto, especificamos que sólo en el caso de las mujeres, se facilitará su entrada haciendo uso de las llamadas bermudas o pescaderos. En el caso de los hombres tampoco se permitirá el acceso en camisetas o pullovers sin mangas. Esperamos la justa comprensión de esta comunicación, lo que sin dudas evitará molestias innecesarias.
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No se permiten anticipos por más de 6 meses en nuestro sistema contable. Los ingresos permanecerán activos en nuestra cuenta por 180 días
TRÁMITE DE SOLICITUD DE PASAPORTE SOLO SE REALIZA DE FORMA PRESENCIAL DEBIDO A LA CAPTURA DE DATOS BIOMÉTRICOS
Trámites - Información y Modelos
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Arancel Consular - Trámites Notariales
Arancel Consular - Principales Servicios
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Solicitud de Visas de Turismo Online
Escaneé el codigo o de click sobre la imagen. También puede acceder directamente a solicitar su Visa de Turismo Online en el enlace: https://evisacuba.cu/
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Declaración de la directora general de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior, Ana Teresita González Fraga, sobre el cese de entrada al país con pasaporte cubano vencido
La Habana, 6 de diciembre de 2024. En marzo de 2020, a partir de las situaciones generadas por la Covid-19, se dispuso por el gobierno cubano y con carácter excepcional, que los cubanos residentes en el territorio nacional que se encontraban en el exterior, pudieran regresar al país sin necesidad de renovar su pasaporte. Esta medida se implementó con carácter temporal, con el objetivo de proteger a nuestros connacionales en medio de la pandemia.
Considerando el tiempo transcurrido, la normalización de los vuelos internacionales, y el funcionamiento de nuestras oficinas consulares, se ha decidido establecer el 31 de marzo de 2025 como fecha límite para la entrada al país de ciudadanos cubanos con pasaporte vencido.
Nuestras oficinas consulares en el exterior se encuentran en plena disposición y capacidad para brindar este servicio, con la celeridad que requiere, para que los cubanos entren al país con su pasaporte válido a partir del 1 de abril de 2025.
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Se recuerda que no se aceptan pagos efectivos en el Consulado
Los tramites son personales, de lo contrario deberá prever el ingreso en el Banco Sabadell de 25.00 euros por cada persona a la que se le hagan los mismos, salvo hijos menores de edad (menores de 18 años).
Para realizar cualquier trámite debe tener su pasaporte cubano válido y vigente.
Para los poderes debe aportar los datos de identificación de las personas facultadas en Cuba (fotocopia impresa del carnet de identidad o tarjeta de menor).
- Para la confección de Pasaporte e Inscripción Consular debe entregar fotos con nitidez y buena definición.
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Estimados Usuarios,
Para la realización de los tramites notariales y registrales será necesario obtener cita previa.
Notariales:
1. Poderes Notarial
2. Escritura de autorización.
3. Declaración Jurada (solo para surtir efecto en Cuba)
4. Fe de vida
Registrales:
1. Transcripción de nacimiento.
2. Transcripción de matrimonio.
3. Transcripción de defunción.
4. Solicitud de ciudadanía.
No será posible la atención de usuarios sin cita previa.
Las citas deben solicitarlas en el siguiente email:
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