CONTRAER MATRIMONIO EN CUBA - CONSULADO EN SEVILLA

INFORMACIÓN GENERAL

El importe del trámite no personal de 25 euros es por la no realización del trámite de manera presencial en el Consulado. Los gastos de mensajería deben ser cubiertos por los interesados.  

Cuando el trámite se solicite por mensajería si no se recibe la documentación completa, incluida la planilla de solicitud con todos los datos, al cabo de 10 días le será devuelto, a la misma dirección del remitente, y la mensajería correrá a su cargo.

DOCUMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO EN CUBA  

SOLICITUD DE RESIDENCIA EN CUBA PARA CIUDADANOS EXTRANJEROS - CONSULADO EN SEVILLA

Este servicio se brinda a ciudadanos extranjeros que poseen vínculos matrimoniales o paterno filial con cubanos residentes de forma permanente en la isla. Para ello puede viajar a Cuba con una visa familiar y solicitar ante las autoridades migratorias cubanas cambiar su estatus a residente permanente. 

Asimismo, puede realizar el trámite desde la sede consular cubana de manera personal. Para ello debe presentar:

VISA DE PERIODISTA (D-6) - CONSULADO EN SEVILLA

La visa de periodista debe solicitarse por el interesado a la oficina de prensa en la Embajada de Cuba en Madrid y una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.

Documentos a presentar:
•    Pasaporte válido
•    Una foto
•    Formulario de solicitud de visa completo
•    Abonar el arancel consular estipulado para este servicio

VISA DE FAMILIA - CONSULADO EN SEVILLA

Este visado se expide a ciudadanos extranjeros que mantenga una relación conyugal o paterno filial con un ciudadano cubano. Para solicitar este tipo de visado los interesados deben presentar:

1.    Planilla de solicitud debidamente cumplimentada
2.    Pasaporte actualizado
3.    Una foto
4.    Documentos que demuestren el vínculo familiar con el ciudadano cubano (Certificación de Matrimonio, Inscripción de Nacimiento de hijos menores, libro de familia, etc). 

Este visado se expide por los períodos de tiempos siguientes:

CARTA DE CONDUCTA - CONSULADO EN SEVILLA

Para la obtención de la certificación de conducta del Consulado, el interesado debe presentar la siguiente documentación:

1.    Un certificado de Antecedentes penales cubanos legalizados por el MINREX. Este documento tiene una validez de 6 meses. En caso de estar vencidos, si no ha tenido movimiento migratorio a Cuba desde la fecha en que fueron emitidos se aceptan. 
2.    Planilla de solicitud
3.    Pasaporte cubano y carnet consular.
4.    Si salió de Cuba siendo menor de edad y no ha realizado viajes desde entonces debe presentar sus pasaportes anteriores. 

LICENCIA DE CONDUCCIÓN - CONSULADO EN SEVILLA

CERTIFICO SOBRE LICENCIA DE CONDUCCIÓN

En el Consulado de Cuba se emite un certificado que refleja los años de experiencia de su carnet de conducir cubano. Para realizar este trámite debe presentar en el Consulado:

1.    Planilla de solicitud
2.    Pasaporte cubano 
3.    Licencia de conducción vigente

El trámite tiene un arancel de 60 euros si lo hace personalmente en el Consulado. Si lo hace a distancia o a través de una tercera persona se adicionarán 25.00 euros por trámite no personal. 

CERTIFICADO DE EDICTOS - CONSULADO EN SEVILLA

Este documento se expide a los ciudadanos cubanos que van a contraer matrimonio en el exterior. Para realizar este trámite debe presentar en el Consulado:

  1. Certificación de estado civil emitida en Cuba, legalizada por el MINREX.
  2. Planilla de solicitud
  3. Pasaporte cubano

El trámite tiene un arancel de 60.00 euros si lo hace personalmente en el Consulado. Si lo hace a distancia o a través de una tercera persona se adicionarán 25.00 euros por trámite no personal. 

CERTIFICADO DE NO NACIONALIDAD, NO INSCRIPCIÓN - CONSULADO EN SEVILLA

Este certificado se expide a solicitud de uno o ambos padres de un menor nacido España, hijo de padre o madre cubano. Para la obtención de esta certificación los interesados deben presentar la siguiente documentación:

1.    Certificación de nacimiento expedida por el registro civil español. No se acepta el certificado que se expide en el hospital.

2.    El pasaporte y carnet consular del padre o madre cubana. 

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