#Cuba #Elecciones

Un escaño en el Parlamento cubano es un sitio en la trinchera de ideas.

Cualquier extranjero que llegue por primera vez a Cuba en período electoral, se asombrará de no encontrar pasquines con los rostros de los candidatos, ni en postes ni en paredes, ni en anuncios de televisión pagados.

No hay propaganda electoral individual. No hay promesas de soluciones milagrosas. No hay debates televisados, donde los contendientes compiten por el favor de las audiencias, atacándose mutuamente en un show de boxeo verbal.

Lo que es tan común en otros países, aquí son prácticas que desaparecieron al mismo tiempo que el pluripartidismo.

Convocan a elecciones nacionales en Cuba

El Consejo de Estado de Cuba convocó hoy a elecciones nacionales, las que se efectuarán el 26 de marzo de 2023.

 Los comicios permitirán elegir por el término de cinco años a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento).

De acuerdo con el sitio web del Legislativo cubano, el llamado se realiza conforme a lo establecido en la Constitución de la República y en la Ley No 127 “Ley Electoral”, de 13 de julio de 2019.

Constituidas las Asambleas provinciales del Poder Popular en Cuba

Constituidas las Asambleas provinciales del Poder Popular en Cuba

Atenas, 26 de marzo 2017 Ayer domingoo 25 de marzo se constituyeron las Asambleas Provinciales del Poder Popular en Cuba como expresión de la voluntad del pueblo. ¿CÓMO SE CONSTITUYE LA ASAMBLEA PROVINCIAL DEL PODER POPULAR? Dentro de los 15 días siguientes a la elección de los delegados a las Asambleas Provinciales del Poder Popular, en la fecha señalada por el Consejo de Estado, en el lugar y hora previamente determinados por la Asamblea Provincial saliente, estos se reúnen por derecho propio, provistos de sus respectivos certificados de elección. Esta sesión se inicia bajo la dirección del Presidente de la Comisión Electoral Provincial. Para su celebración se requiere la presencia de más de la mitad del total de Delegados que integran la Asamblea. El Presidente de la Comisión informa de la composición social de la Asamblea y comprueba el quórum. Declarada la validez de la elección de los Delegados, se ejecuta el Himno Nacional. Concluido este, los Delegados permanecen de pie mientras uno de ellos, designado por el Presidente de la Comisión Electoral, dice el juramento. Ratificado el juramento por todos los Delegados, el Presidente de la Comisión los invita a suscribirlo, y luego declara constituida la Asamblea. ¿QUÉ JURA EL DELEGADO? 1-Guardar lealtad a la Patria; Observar y hacer observar la Constitución, las leyes y demás normas jurídicas; 2- Comportarse como fiel servidor del pueblo y de la comunidad, al control de los cuales se somete; 3- Cumplir de manera cabal, las obligaciones que le vienen impuestas por el cargo para el que ha sido elegido; 4- Y, si de algún modo faltara a este juramento, que los que lo eligieron se lo demanden. ¿CÓMO SE ELIGE AL PRESIDENTE Y AL VICEPRESIDENTE? Una vez constituida la Asamblea Provincial del Poder Popular, elige entre sus delegados, mediante voto secreto, a su Presidente y Vicepresidente. El proyecto de candidatura se integra con dos candidatos, seleccionados entre los Delegados de la propia Asamblea. El proyecto de candidatura se presenta por el Presidente de la Comisión de Candidaturas Provincial, quien explica los fundamentos que se tuvieron en consideración para elaborarla. Seguidamente pregunta a los delegados si desean sustituir a alguno o algunos de los propuestos. La sustitución de integrantes de la candidatura solo puede acordarse por el voto favorable de la mitad más uno de los Delegados presentes. El escrutinio se realiza por la Comisión Electoral y su Presidente anuncia el resultado de la votación y declara elegidos al Presidente y Vicepresidente, siempre que hayan obtenido más del 50 % de los votos válidos emitidos. En caso de empate se realiza una nueva elección. ¿CUÁLES SON ALGUNAS DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS ASAMBLEAS PROVINCIALES DEL PODER POPULAR? - Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado; - Aprobar y controlar, conforme a la política acordada por los organismos nacionales competentes, la ejecución del plan y del presupuesto ordinario de ingresos y gastos de la provincia; - Elegir y revocar al Presidente y Vicepresidente de la propia Asamblea; - Designar y sustituir al Secretario de la Asamblea; - Participar en la elaboración y control de la ejecución del presupuesto y el plan técnico-económico del Estado, correspondiente a las entidades radicadas en su territorio y subordinadas a otras instancias, conforme a la ley; - Controlar y fiscalizar la actividad del órgano de administración de la provincia auxiliándose para ello de sus comisiones de trabajo; - Designar y sustituir a los miembros del órgano de Administración provincial, a propuesta de su Presidente; - Determinar conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, educacionales, de salud, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas al órgano de Administración provincial; - Adoptar acuerdos sobre los asuntos de administración concernientes a su demarcación territorial y que, según la ley, no corresponda a la competencia general de la Administración Central del Estado o a la de los órganos municipales de poder estatal; - Aprobar la creación y organización de los Consejos Populares a propuesta de las Asambleas Municipales del Poder Popular; - Revocar, en el marco de su competencia, las decisiones adoptadas por el órgano de administración de la provincia, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptadas en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado.

Informa la Comisión Electoral Nacional los resultados finales de las elecciones generales celebradas este 11 de marzo

Informa la Comisión Electoral Nacional los resultados finales de las elecciones generales celebradas este 11 de marzo

CUBA, 19 de marzo de 2018.- El 85,65 % del total de electores –7 399 891– ejerció su derecho al voto, informó la Comisión Electoral Nacional (CEN), como parte de sus resultados finales y luego de la compatibilización de los datos con el Registro de Electores.
Tal y como había afirmado en conferencia de prensa Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta de la CEN, los 605 candidatos a diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular resultaron electos, pues alcanzaron más de la mitad de los votos válidos emitidos de acuerdo con los términos regulados por la Ley; hecho validado por la Comisión en cada uno de los territorios.
Terminada la elección e informados los resultados preliminares, la CEN dio continuidad al trabajo para la conclusión de las informaciones generadas el propio día de las elecciones, que incluyó la citada compatibilización.
Ese proceso permitió evitar las repeticiones en el Registro de Electores, a partir de las inclusiones realizadas en cada colegio, en especial en cuanto a las inscripciones excepcionales de electores que se encontraban en la lista de su lugar de residencia permanente, pero ejercieron el derecho al voto en un colegio diferente al que les correspondía.
También se excluyeron las personas fallecidas después de la actualización, impresión y entrega de las listas de electores, por el Registro, a las comisiones electorales municipales para el día de las votaciones.
La mencionada compatibilización, una vez revisada la posible duplicidad de 336 215 inclusiones excepcionales, permitió concluir con una lista actualizada de 8 639 989.
El 94,42 % de las boletas depositadas en las urnas se declararon válidas, al reunir los requisitos establecidos por la Ley, cifra superior a la registrada en la primera etapa de este proceso, donde se eligieron los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, y también a la obtenida en las elecciones del 2013.
La CEN destacó el trabajo de las autoridades electorales a todos los niveles, la decisiva colaboración de los factores en los territorios y, especialmente, la participación del pueblo, muestra palpable del reconocimiento al Sistema Electoral Cubano, que permite la elección transparente de quienes por un periodo de cinco años dirigirán la nación.

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