Servicios Consulares

Servicios consulares para ciudadanos cubanos:

Migratorios

Solicitud de documentos a Cuba

Notariales

Otros Servicios Consulares

Servicios consulares para extranjeros:


Inscripción Consular:

Todo ciudadano cubano que resida de forma permanente en Canadá y su Condición Migratoria sea Emigrado o Residente en el Exterior, debe encontrarse registrado en el Registro Consular en el momento de solicitar un servicio consular.

Los  ciudadanos cubanos que salieron de Cuba después del 14 de enero de 2013 y se encuentren de Viaje al Exterior hasta 24 meses, no precisan de la Inscripción Consular permanente.

El trámite de Registro Consular es inmediato y para ello debe entregar:
• Una foto
Planilla Única para trámites migratorios
• Pasaporte cubano.
• Copia de documento de residencia o ciudadanía canadiense.

El arancel por el servicio de expedición del Carné de Inscripción Consular es $16.00 CAD.

El Carné de Inscripción Consular deberá ser presentado para solicitar cualquier servicio en el Consulado.

Para realizar el trámite por correo postal debe enviar, además de los documentos anteriores, un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) con su dirección para enviarle su Carné de Inscripción Consular y el pasaporte. En este caso debe pagar $40.00 CAD adicionales (por cada persona) por el trámite no personal. 

Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

Consulado General de Cuba en Toronto

Consulado General de Cuba en Montreal

Oficina Consular en Ottawa

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA PLANILLA

-El trazo de la firma se debe hacer con punto grueso y tinta negra. La firma no debe tocar los bordes del recuadro.
-Esta planilla no será válida de presentar enmiendas, tachaduras o borraduras.
-Debe llenar todos los datos que le piden y en caso negativo o ninguno,  cubrir con una raya, si deja algún dato sin llenar se tomará como implícito: ninguno
-Las siglas utilizadas en la casilla de Clasificación Migratoria al salir de Cuba se interpretan de la siguiente manera:
• AO: Asunto Oficial
• PVT: Permiso de Viaje Temporal
• PRE: Permiso de Residencia en el Exterior
• PSI: Permiso de Salida Indefinida
• PVE: Viaje al Exterior
• PSE: Permiso de emigración 

 

 


Renovación de pasaporte:

 

A partir del 1ro de julio de 2023, los pasaportes cubanos que se confeccionen tendrán una validez de diez (10) años para los ciudadanos cubanos con dieciséis (16) o más años de edad. Para los menores de dieciséis (16) años de edad, los pasaportes tendrán una validez de cinco (5) años.

Queda eliminado el requisito de prórroga cada dos (2) años para todos los pasaportes, sin importar su fecha de confección o tiempo de validez.

Las solicitudes de pasaporte nuevo, se realizarán de forma presencial en las oficinas de Montreal, Toronto u Ottawa.

 

Para solicitar la elaboración de un Pasaporte nuevo, con un pasaporte anterior vencido o próximo a vencerse, necesita presentar lo siguiente:

  • Pasaporte.
  • Certificado de nacimiento cubano o copia legible del mismo
  • Planilla Única para trámites migratorios (La firma en la planilla debe ser con tinta negra y no puede tocar los bordes del recuadro)
  • Pago de $298.00 CAD
  • Para los menores de 16 años, el costo del pasaporte es de $234.00 CAD

 


    Documento de Identidad y Viaje:

    El Documento de Identidad y Viaje sustituye al pasaporte cuando este se ha perdido, extraviado o lo han hurtado y no es posible confeccionar uno nuevo por la inmediatez del regreso. Se solicita de forma excepcional a las autoridades migratorias en Cuba, las cuales autorizan o deniegan su otorgamiento. Solo se utiliza para entrar a Cuba.

    Para solicitar un Documento de Identidad y Viaje debe presentar:
    • Pasaporte
    • Denuncia de la policía si el pasaporte se ha perdido
    Planilla Única para trámites migratorios
    • Una foto a color tipo pasaporte.
    • De poseerla, presentar la constancia de su Permiso de Residencia en el Exterior o su Permiso de Viaje Temporal.
    • Pago de $40.00 CAD por la solicitud.

    Después que usted reciba la comunicación del Consulado de que su solicitud de Documento de Identidad y Viaje ha sido aprobada, deberá realizar el pago de $128.00 CAD por el otorgamiento.

    En ese momento debe presentar en la Oficina:
    • Pasaporte
    • Boleto de avión.
    • Una foto a color tipo pasaporte.

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales (por cada persona) por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución del pasaporte. NOTA: El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

    Consulado General de Cuba en Toronto

    Consulado General de Cuba en Montreal

    Oficina Consular en Ottawa

    INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA PLANILLA

    -El trazo de la firma se debe hacer con punto grueso y tinta negra. La firma no debe tocar los bordes del recuadro.
    -Esta planilla no será válida de presentar enmiendas, tachaduras o borraduras.
    -Debe llenar todos los datos que le piden y en caso negativo o ninguno,  cubrir con una raya, si deja algún dato sin llenar se tomará como implícito: ninguno
    -Las siglas utilizadas en la casilla de Clasificación Migratoria al salir de Cuba se interpretan de la siguiente manera:
    • AO: Asunto Oficial
    • PVT: Permiso de Viaje Temporal
    • PRE: Permiso de Residencia en el Exterior
    • PSI: Permiso de Salida Indefinida
    • PVE: Viaje al Exterior
    • PSE: Permiso de emigración 

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:


    Prórroga de la estancia en el exterior por más de 24 meses:

    La prórroga de la estancia en el exterior por más de 24 meses se solicita a las autoridades migratorias en Cuba cuando concurra la imposibilidad de viajar por razones humanitarias o problemas de salud debidamente demostrados o razones de carácter laboral, estudiantil, personales, familiares u otras que justifiquen su autorización.

    Para hacer esta solicitud el interesado debe presentar con aproximadamente un mes de antelación:
    • Pasaporte cubano vigente.
    • Planilla de solicitud de prórroga más allá de los 24 meses
    • Documentos que avalen los motivos de su solicitud (si corresponde).
    • Pago de $40.00 CAD por la solicitud.

    Después que usted reciba la comunicación del Consulado de que su solicitud de Prórroga por más de 24 meses ha sido aprobada, deberá abonar el arancel consular  de $64.00 CAD,  por cada mes a prorrogar. Debe verificar que su pasaporte continúe válido y vigente.

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales (por cada persona) por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución del pasaporte. NOTA: El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:


    Residencia en el Exterior (RE)

    Solicitud de la  Residencia en el Exterior (RE)
    Generalmente la condición migratoria de Residente en el Exterior se le concede a ciudadanos cubanos con uniones matrimoniales (formalizadas o no) con ciudadanos de otros países,  que vivan fueran de la Isla.  También a los padres e hijos menores de 18 años de edad o incapaces, de los ciudadanos cubanos que tienen la condición migratoria de RE.  También para familiares allegados en el territorio nacional que convivan con los ciudadanos cubanos con RE, cuando se demuestre que pierden parte de su amparo o se encuentran imposibilitados de trabajar.  Cuando existan otras razones humanitarias, familiares que justifiquen la residencia en el exterior de la persona interesada.  Este proceso lo autorizan las autoridades migratorias cubanas.

    Para la solicitud del RE  deben seguir los pasos siguientes:
     I. Transcripción y formalización en el Consulado del matrimonio celebrado ante las autoridades del país extranjero. Si aún no  ha realizado dicha transcripción, debe  solicitar al Consulado la documentación al respecto.
     II. Solicitud de la Residencia en el Exterior.

    El cónyuge cubano deberá realizar ante el Consulado los trámites que se indican a continuación:

    1. Llenar las planillas de solicitud de RE.
    2. Cuatro fotos tipo pasaporte (4,5 x 4,5) cm
    3. Presentar una carta de solicitud del RE dirigida a la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba.
    4. Fotocopia de su pasaporte.
    5. Fotocopia de su documento de residencia del país donde reside.
    6. Nombre, apellidos y dirección de la persona de referencia en Cuba (padre, madre, hermanos,  etc.)
    7. Si no tiene pasaporte, fotocopia de su Certificación de Nacimiento.
    8. Debe abonar el arancel consular por la solicitud. Si es aprobada,  al momento de recibir la respuesta de las autoridades competentes cubanas, debe abonar el arancel consular correspondiente al otorgamiento.
    9. Si se casó en Cuba, debe presentar el Certificado de Matrimonio original  con no más de un año de expedido.

    En caso de hacer esta solicitud para un menor de edad se debe adjuntar la Certificación de Nacimiento original del mismo.
    El Consulado enviará la documentación anterior a la Dirección de Inmigración y Extranjería de Cuba.
    El hecho de solicitar el cambio de condición de viaje no implica que se otorgue automáticamente, puede ser denegado o aceptado.
    Una vez que el solicitante obtiene la RE (el consulado se lo comunica) puede entrar y salir de Cuba cada vez que lo desee y permanecer en el territorio nacional hasta 12  meses sin perder su condición de Residente en el exterior.

    Las obligaciones son:

    • Inscribirse en el Registro de ciudadanos cubanos de la oficina consular correspondiente al lugar de su residencia.
    • Si traslada su residencia a otro país deberá informar a la Oficina Consular donde está inscrito y además deberá presentarse en la Oficina Consular más cercana a su nuevo domicilio para efectuar su nueva inscripción.
    • En caso de permanecer por más de 12 meses ininterrumpidos en Cuba perderá la condición y debe solicitar una nueva autorización.
    • El incumplimiento de alguna de las obligaciones puede motivar la revocación de la RE.
    • La no permanencia de algunos de los requisitos exigidos para el otorgamiento puede motivar la revocación de la RE.

    Las facilidades que ofrece esta condición son:

    • Visitar nuestro país cuando lo desee sin que tenga que mediar autorización alguna.
    • En cada viaje que realice a Cuba podrá permanecer por un período de 6 meses sin necesidad de realizar trámite alguno y en caso de necesidad podrá prorrogar su estancia hasta 12 meses como máximo, lo cual realizará ante las autoridades migratorias correspondientes.  En caso de requerir permanecer más de 1 año de forma ininterrumpida en Cuba, debe informar a los órganos de inmigración y extranjería sobre sus intenciones de mantener su residencia en el exterior.
    • A los familiares extranjeros que lo acompañen en su viaje se les otorga en la oficina consular una visa A-2 por 90 días y en caso de necesidad podrá prorrogar su estancia en el país, previa solicitud a las autoridades migratorias correspondientes.
    • Tienen derecho a mantener sus propiedades en Cuba.
    • Tienen derecho a heredar bienes de sus familiares cercanos.

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    Solicitud de residencia en el territorio nacional (HE-4)

    Este proceso es para aquellos cubanos que decidan regresar a residir nuevamente en Cuba. Para ello se conforma un expediente que se envía a Cuba. Son las autoridades migratorias en Cuba quienes realizan ese proceso. En caso de que se requiera, el solicitante deberá presentar cualquier otro documento que sea solicitado por las autoridades competentes.  El Consulado se encargará de notificar lo anterior al solicitante.

    En el caso de los menores que deseen repatriarse sin uno o ambos padres, deberá presentar un poder (documento notarial) a favor de la persona que asumirá la custodia del menor, otorgado por el padre o de los padres que no se acojan al proceso  de repatriación.

    Usted debe presentar los documentos siguientes:
    • Pasaporte válido y vigente
    Planilla Única para trámites migratorios
    • 2 fotos tipo pasaporte
    • Solicitud por escrito bien argumentada que incluya la vía por la que emigró y motivos por los que solicita su regreso al país. Debe informar la persona de referencia que en Cuba se compromete a garantizar su alojamiento y manutención cuando corresponda hasta tanto el interesado pueda disponer de vivienda e ingresos propios.  Esta voluntad deberá manifestarse mediante documento notarial en Cuba, por parte de la referencia, cuando Inmigración lo cite para tales efectos. 
    • Pago de $40.00 CAD por el envío del expediente a Cuba.

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD (por cada persona) por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución del pasaporte. 

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

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    Trámites de adquisición de la ciudadanía cubana por nacimiento ante los consulados cubanos en el exterior

    Las solicitudes podrán hacerse en Cuba, a través de las oficinas de trámites de la DIIE o en la circunscripción consular donde resida el interesado en obtener la ciudadanía cubana.

    Para solicitar la “adquisición de la ciudadanía cubana por nacimiento”, de los hijos nacidos en el extranjero, de padre o madre cubanos, será obligatoria previamente la realización de la Transcripción del Nacimiento del interesado en el consulado cubano donde se produjo su nacimiento (Ver).

    Documentos que debe presentar:

    1. Pasaporte o documento de identidad del interesado.
    2. Certificado de nacimiento expedido por el Registro Especial del MINJUS
    3. Fotocopia de la página principal del Pasaporte o documento de identidad de los padres o representantes legales que contiene los datos generales.
    4. Certificación de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil del MINJUS, del padre o madre cubano del interesado, según corresponda.
    5. Cuando se trate de menores de 18 años de edad o incapacitado y concurra un sólo padre o titular, debe presentarse una Escritura de Autorización del padre que no está presente. Cuando se trate de padres declarados incapacitados, con suspensión o privación de la patria potestad, o el fallecimiento de alguno de los padres, se deben acreditar estas circunstancias, ejemplos: Certificado Defunción, Sentencia de la pérdida de patria potestad, etc., debidamente legalizados y traducidos cuando corresponda (Ver http://misiones.minrex.gob.cu/canada/servicios-consulares).
    6. Cuando la pretensión es residir en el país debe presentarse un documento expedido ante Notario Público, del titular de un inmueble, donde consta la autorización de domiciliar al interesado en su vivienda. Cuando el padre o madre cubanos, o representante legal sea propietario de la vivienda, puede optar por presentar el documento a que se refiere anteriormente , o copia del título de propiedad del inmueble.
    7. Modelo de solicitud firmado por el interesado, representante legal de los menores o incapacitados; o por un apoderado, en caso de que se solicite a través de terceras personas. (Modelo 1, 2, 3 o 4 según corresponda)

    Modelo 1: Si la solicitud la hace el interesado en caso de que sea mayor de 18 años.

    Modelo 2: Si la solicitud fuera para un menor de edad o incapacitado y es presentada por ambos padres ante el Consulado.

    Modelo3: Si la solicitud fuera para un menor de edad o incapacitado y es presentada por uno de los padres ante el Consulado. En este caso, el padre que solicita debe presentar la Escritura de Autorización del que no está, o el documento que acredite fallecimiento, incapacidad, suspensión o privación de la patria potestad.

    Modelo 4: En caso que la solicitud sea por un tercero, para una persona mayor de 18 años, esta deberá presentar un Poder notarial del interesado y pagar un arancel adicional de $40.00 CAD por el trámite no personal. En el caso que la solicitud se presente por un tercero para un menor de edad o discapacitado, debe presentar un poder de ambos padres; uno de cada padre; o el documento que acredite fallecimiento, incapacidad, suspensión o privación de la patria potestad de uno de los padres.

    Los servicios consulares de solicitud y otorgamiento de la ciudadanía cubana son exentos de pago.

    El Consulado se comunicará con el solicitante una vez que sea recibida la respuesta de la autoridad migratoria, estimado en 45 días hábiles a partir de su solicitud.

    Una vez obtenida la Resolución podrá solicitar la confección de su pasaporte cubano, lo cual será un requisito indispensable para viajar a Cuba.

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    Matrimonio en Cuba:

    Si es de su interés casarse en Cuba con una persona de origen cubano debe presentar:

     

    -Si nunca ha contraído matrimonio: Certificado de Nacimiento y su Traducción al español por traductor certificado, Declaración de Soltería y su Traducción al español por traductor certificado.

    -Si se divorció: Certificado de Nacimiento y su Traducción al español por traductor certificado, Certificado de Divorcio y su Traducción al español por traductor certificado. Debe comprobar en Cuba si adicionalmente necesita presentar una Declaración de Soltería teniendo en cuenta la fecha en que fue emitido su Certificado de Divorcio.

    -Si es viudo: Certificado de Nacimiento y su Traducción al español por traductor certificado, Certificado de matrimonio y su Traducción al español por traductor certificado, Certificado de Defunción de su cónyuge y su Traducción al español por traductor certificado. Debe comprobar en Cuba si adicionalmente necesita presentar una Declaración de Soltería teniendo en cuenta la fecha de la defunción de su cónyuge.

     

    Sus nombres y apellidos deben coincidir en todos los documentos. En caso contrario, debe presentar una declaración jurada de identidad, la cual tiene una validez de 6 meses.

     

    La Declaración de Soltería tiene una vigencia de 6 meses a partir de la fecha en que fue emitida.

     

    La Declaración Jurada de Soltería y la Declaración Jurada de Identidad pueden hacerse en un mismo documento

     

    Si usted presenta un documento que no haya sido emitido en Canadá, para su legalización debe contactar al Consulado cubano que atiende el país en que fue emitido; o legalizarlo directamente ante la oficina consular de su país de origen que atiende a Cuba.

     

    Para la solicitud del servicio en el Consulado, todos los documentos deben estar previamente legalizados por el Global Affairs en Ottawa.

     

    https://www.international.gc.ca/gac-amc/about-a_propos/services/authentication-authentification/step-etape-1.aspx?lang=eng

     

    Si los documentos cuentan con la legalización de las instituciones provinciales canadienses, contacte con la oficina consular cubana en la que realizará el trámite.

     

    El costo por cada documento original a legalizar es de 176.00 CAD. El costo por cada legalización de la traducción al español del documento es de 176.00 CAD.

     

    Si realiza su solicitud por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. Cuando el servicio se realiza por correo postal, el pago solo se aceptará a través de money order o de cheque certificado.

     

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

    Si va a contraer matrimonio con un ciudadano canadiense o una persona que no es cubana:

    Si es de su interés casarse en Cuba con otro ciudadano extranjero:

     

    1-Necesita verificar con su coordinador de bodas en Cuba la documentación que debe presentar con exactitud.

     

    -Si se divorció: Debe informarlo al Coordinador de Bodas en Cuba o a la Oficina de Consultoría Internacional donde se va a casar, para que le indiquen si debe presentar una Declaración Jurada de Soltería.

    -Si es viudo: Debe informarlo al Coordinador de Bodas en Cuba o a la Oficina de Consultoría Internacional donde se va a casar, para que le indiquen si debe presentar una Declaración Jurada de Soltería.

     

    Sus nombres y apellidos deben coincidir en todos los documentos. En caso contrario, debe informarlo al Coordinador de bodas para que le indique si debe presentar una declaración jurada de identidad, la cual tiene una validez de 6 meses.

     

    La Declaración de Soltería tiene una vigencia de 6 meses a partir de la fecha en que fue emitida.

     

    La Declaración Jurada de Soltería y la Declaración Jurada de Identidad pueden hacerse en un mismo documento

     

    Si usted presenta un documento que no haya sido emitido en Canadá, para su legalización debe contactar al Consulado cubano que atiende el país en que fue emitido; o legalizarlo directamente ante la oficina consular de su país de origen que atiende a Cuba.

     

    Para la solicitud del servicio en el Consulado, todos los documentos deben estar previamente legalizados por el Global Affairs en Ottawa.

     

    https://www.international.gc.ca/gac-amc/about-a_propos/services/authentication-authentification/step-etape-1.aspx?lang=eng

     

    Si los documentos cuentan con la legalización de las instituciones provinciales canadienses, contacte con la oficina consular cubana en la que realizará el trámite.

     

    El costo por cada documento original a legalizar es de 176.00 CAD. El costo por cada legalización de la traducción al español del documento es de 176.00 CAD.

     

    Si realiza su solicitud por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. Cuando el servicio se realiza por correo postal, el pago solo se aceptará a través de money order o de cheque certificado.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

     


    Transcripción del matrimonio en el registro civil de Cuba

    Para que Cuba reconozca los matrimonios efectuados en Canadá, usted debe realizar la transcripción de este acto en el Consulado correspondiente. La solicitud de este servicio solo la puede hacer el contrayente cubano. Para ello debe presentar al Consulado Cubano lo siguiente:
    • Pasaporte válido y vigente
    • Planilla de Solicitud de la Transcripción. Modelo 11/30 
    • Certificado de Matrimonio Original Long Form. (Este documento se queda en el expediente que conforma la transcripción en el Consulado)
    • Traducción al español del Certificado de Matrimonio.
    • Fotocopia del Certificado de Nacimiento de ambos contrayentes.

    Debe autenticar el Certificado de Matrimonio y su traducción al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1). Luego debe  presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    Este servicio tiene un costo de:

    • $ 176.00 CAD por la Legalización de cada una de las copias certificadas (inglés y español) haciendo un total de $ 352.00 CAD.
    • $ 224.00 CAD por la Transcripción de Matrimonio

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. Debe enviar además constancia escrita de su autorización para la realización de este trámite.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:


    Divorcio:

    El reconocimiento en Cuba de una sentencia de divorcio firme, dictada por un tribunal extranjero, contra la que no quepa apelación ni recurso alguno, se hace a través del procedimiento Registral, es decir por medio de la Nota Marginal.

    El Código de Familia en su Artículo 64 prevé la posibilidad de reconocimiento registral de una sentencia de divorcio dictada por tribunal extranjero, es decir, que la sentencia de divorcio dictada por un tribunal extranjero de un matrimonio celebrado en Cuba o celebrado en el extranjero y legalizado en el Consulado cubano, puede ser reconocida registralmente.

    Para el proceso de registrar en Cuba el divorcio tramitado en Canadá, debe presentar al Consulado Cubano lo siguiente:
    • Pasaporte válido y vigente
    • Certificado de Divorcio (el documento original). Debe tener en cuenta que solo será sometida a trámite de asiento registral en Cuba, cuando contra el Certificado de Divorcio no quepa recurso alguno, es decir, que sea una sentencia firme y definitiva.
    • Traducción al español del Certificado de Divorcio.
    • Certificación de Matrimonio expedida en Cuba o copia de la misma. 

    Debe autenticar el Certificado de Divorcio y su traducción al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1).

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    El costo del trámite es el siguiente:

    • $ 352.00 CAD por la legalización del Certificado de Divorcio en inglés y de dicho documento traducido al español ($ 176.00 cada una).
    • $ 40.00 CAD por el envío a Cuba de su expediente.

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. NOTA: El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

    Usted puede solicitar su Certificado de Divorcio directamente en Cuba aproximadamente 2 meses después de la fecha del envío del expediente.

    Los residentes en La Habana lo pueden hacer directamente en el Registro Especial del Estado Civil (ubicado en Calle 26 esquina 3ra Miramar, Playa, La Habana) y los residentes en las provincias deben hacerlo en los Registros Civiles donde se efectuó el matrimonio.

    Procedimiento para la tramitación de un Divorcio Judicial

    Cuando  el proceso de divorcio se desea hacer bajo los requerimientos de la ley cubana:

    Los cónyuges (o uno de ellos) deberán solicitar de forma individual un Poder Especial para divorcio, ante el funcionario consular. Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio.

    Cuando sólo uno de los cónyuges realiza la solicitud de divorcio, este debe proporcionar la dirección del otro. De no conocer el domicilio de su cónyuge deberá realizar una declaración al respecto.

    Documentos a entregar o llenar en el Consulado en el momento de la solicitud:

    1. Certificación de matrimonio expedida por las autoridades cubanas.
    2. Certificación de nacimiento de los hijos frutos del matrimonio. Si nacieron en el exterior debe ser legalizada por las autoridades del país extranjero y por nuestro Consulado.
    3. Realizar un acta de comparecencia en el Consulado. Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio
    4. Deberán presentarse no menos de 2 testigos, quienes harán una declaración individual. Debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio
    5. Carné de inscripción consular.

     Debe abonar el arancel consular estipulado  para la tramitación del expediente de divorcio judicial.

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    Poderes Notariales:

    Los poderes notariales se solicitan directamente en el Consulado. Para ello debe presentar lo siguiente:

    • Pasaporte válido y vigente
    • Planilla de solicitud correspondiente

    1. Poder especial para compra de vivienda
    2. Poder especial para venta de vivienda
    3. Poder especial para compra y venta de vivienda
    4. Poder especial para donación de vivienda
    5. Poder especial para permuta
    6. Poder especial para venta de vehículo
    7. Poder especial para donación de vehículo
    8. Poder especial para Matrimonio
    9. Poder especial para Divorcio Notarial
    10. Poder general para pleitos que incluye divorcio judicial

    Para obtener las planillas de solicitud comuníquese con el Consulado cubano más cercano. Si el poder que usted requiere no se encuentra en el listado anterior, proceda de igual manera para mayor información.

    Este servicio no se realiza en el día, primero se solicita en el Consulado y luego se obtiene el documento en la fecha indicada.

    El Poder Especial tiene un costo de $192.00 CAD

    El Poder General tiene un costo de $240.00 CAD.

    Si por razones justificadas no puede presentarse directamente a solicitar el servicio, comuníquese con el Consulado cubano más cercano para orientarle al respecto.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:


    Escritura de autorización para la confección de pasaporte y/o viaje al exterior por parte de los padres o representantes legales de los  menores de 18 años o incapacitados:

    El artículo 23 del Decreto Ley 305, establece el requisito de aportar la autorización formalizada ante Notario Público de los padres o los representantes legales que correspondan, de los menores de 18 años de edad o incapaces en el momento de la solicitud de confección de pasaporte.

    La autorización que emiten los padres o los representantes legales de los menores de 18 años de edad o incapaces se materializa en la escritura pública de autorización. Una vez que se emita tal autorización, el menor o incapacitado podrá viajar a cualquier lugar y permanecer el tiempo que le permita la legislación vigente.

    Dicha autorización se exigirá por una sola vez, manteniendo su validez, siempre que la misma no haya sido revocada.

    Usted puede solicitar la confección en el Consulado un documento llamado “Escritura Pública de Autorización”, para la obtención y/o actualización de pasaporte y para viajar al exterior. El padre/madre de sus hijos menores debe hacer un documento similar ante Notario Público en Cuba.

    Este trámite es personal. Debe presentarse directamente en el Consulado y traer lo siguiente:
    • Pasaporte válido y vigente
    • Planilla para la confección de la Escritura Pública de Autorización
    • Fotocopia de la tarjeta del menor y/o de la certificación de nacimiento de los hijos que desea autorizar.

    El costo del documento en el consulado es de $96.00 CAD y se confecciona un documento individual por cada uno de los hijos. Podrán confeccionarse o aceptarse documentos que consignen la autorización de ambos padres en un mismo documento. No podrán confeccionarse o aceptarse en un mismo documento autorizaciones para más de un menor.

    Ese documento se le entrega al interesado y este se lo debe hacer llegar a Cuba para que pueda realizar los trámites de pasaporte de los hijos menores en la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba (DIIE).

    Consulado General de Cuba en Toronto


    Transcripción de Nacimiento:

    La transcripción de nacimiento se realiza a aquellos hijos de ciudadanos cubanos nacidos en el exterior. La realización de este acto no implica la obtención automática de la ciudadanía cubana, ya que esta se obtiene previo cumplimiento de lo establecido en la Ley de ciudadanía del año 1944. La solicitud de este servicio solo la puede realizar el padre cubano.

    Para la solicitud debe presentar:
    • Pasaporte válido y vigente
    • Planilla de Transcripción firmada por ambos padres. Modelo 9/30
    • Certificación de nacimiento Original Long Form. (Este documento se queda en el expediente que conforma la transcripción en el Consulado)
    • Traducción al español del Certificado de Nacimiento.
    • Copia del certificado de nacimiento y pasaporte de ambos padres.

    Debe autenticar el Certificación de nacimiento Original Long Form y su traducción al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1). Luego debe  presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    La Transcripción de nacimiento es exenta de pago y se le entrega al interesado una copia de la misma. Este servicio no se realiza en el día.

    Los aranceles que se cobrarán serán los correspondientes a la Legalización de cada una de las copias certificadas ($176.00 CAD por cada una haciendo un total de $352.00 CAD)

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. Debe enviar además constancia escrita de su autorización para la realización de este trámite.

    Si el padre cubano se encuentra en Cuba, debe enviar el cotejo de su Carné de Identidad y una carta de autorización para la Transcripción del Nacimiento de su hijo. Ambos documentos deben ser realizados ante Notario Público en Cuba.

    A partir de los treinta días hábiles de realizado el trámite en el Consulado, puede solicitar la copia de la partida de nacimiento en Cuba. Los residentes en La Habana lo pueden hacer directamente en el Registro Especial del Estado Civil (ubicado en Calle 26 esquina 3ra Miramar, Playa, La Habana) y los residentes en las provincias deben hacerlo en los Registros Civiles de su localidad.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

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    Transcripción de defunción:

    Cuando se produzca el fallecimiento de un ciudadano cubano en Canadá, se debe realizar la transcripción de este acto en el Consulado correspondiente, para su posterior registro en Cuba. Para la solicitud debe presentar:
    • Pasaporte del fallecido
    • Planilla de Transcripción. Modelo 13/30 
    • Certificado de Defunción Original (Este documento se queda en el expediente que conforma la transcripción en el Consulado)
    • Traducción al español del Certificado de Defunción
    • Certificado médico que consigne las causas de la muerte en caso de que no lo diga el Certificado de Defunción
    • Traducción al español del Certificado médico que consigne las causas de la muerte en caso de que no lo diga el Certificado de Defunción

    Debe autenticar el Certificado de Defunción y su traducción al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1). Luego debe  presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    El costo de la Legalización y Certificación en el Consulado es $ 176.00 CAD por documento (cada documento en inglés y cada documento en español, como resultado de la traducción).

    La Transcripción de la defunción es exenta de pago y se le entrega al interesado una copia de la misma.

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos.

    A partir de los treinta días hábiles de realizado el trámite en el Consulado, puede solicitar el Certificado de Defunción en Cuba en el Registro Especial del Estado Civil (ubicado en Calle 26 esquina 3ra Miramar, Playa, La Habana) o en los Registros Civiles del resto de las provincias.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

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    Legalización y certificación de Documentos

    Para que cualquier documento canadiense tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente certificado por las autoridades competentes en Canadá.

    Desde el 11 de enero de 2024, Canadá aplicó cambios en el proceso de certificación de documentos, a partir de su entrada en el Convenio de la Apostilla. En el siguiente link puede verificar qué institución canadiense certificará el documento que requiere teniendo en cuenta la provincia o territorio que lo emitió, así como el tipo de documento.

    https://www.international.gc.ca/gac-amc/about-a_propos/services/authentication-authentification/apostille-convention.aspx?lang=eng

    Después de obtener los documentos y sus traducciones autenticados debe presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    El costo de la Legalización y Certificación en el Consulado es $ 176.00 CAD por documento (cada documento en inglés/francés y cada documento en español, como resultado de la traducción).

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. 

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

    Consulado General de Cuba en Toronto

    Consulado General de Cuba en Montreal

    Oficina Consular en Ottawa

    Nota: Si el documento a certificar no fue emitido en Canadá, para su legalización debe contactar al Consulado cubano que atiende el país en que fue emitido; o legalizarlo directamente ante la oficina consular de su país de origen que atiende a Cuba.

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    Solicitud de documentos a Cuba   

    Para solicitar un documento a Cuba, usted debe presentar en el Consulado:
    • Pasaporte válido y vigente
    • Planilla de solicitud
    • Pago del arancel de solicitud de documento: $40.00 CAD

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. 

    Planillas de solicitud:

    Certificación de nacimiento
    Certifico de Licencia de Conducción
    Certificación de soltería
    Certificación de capacidad legal para el matrimonio                                                                 
    Certificación de antecedentes penales
    Certificación de matrimonio
    Certificación de Sentencia de divorcio
    Certificación de Actos de Última Voluntad
    Certificación de Declaratoria de Herederos
    Certificación de Movimiento migratorio
    Certificación de Extranjería
    Certificado de Nacionalidad
    Certificación de Ciudadanía
    Certificación expedida por centro educacional
    Certificación de bautismo
    Certificación de defunción                                    
    Certificación de Actos de Última Voluntad
    Localización de paradero

    Para obtener las planillas de solicitud comuníquese con el Consulado cubano más cercano. Si el documento que usted requiere no se encuentra en el listado anterior, proceda de igual manera para mayor información.

    De no poder aportar todos los datos solicitados en los diferentes formularios, debe abonar el arancel consular estipulado para este servicio al precio del servicio por los gastos de la búsqueda de datos en Cuba.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

     
    Cuando el documento llega al Consulado nos ponemos en contacto con Usted. En ese momento debe enviar el pago siguiente:

    • Obtención del documento: Debe confirmar los precios con el Consulado correspondiente
    • Legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba: $ 64.00 CAD

    Si corresponde deberá abonar los siguientes pagos también:
    • Traducción al inglés en el Consulado: $ 48.00 CAD
    • Legalización de la traducción al inglés: $ 96.00 CAD
    • Legalización en la Embajada extranjera en Cuba: $ 96.00 CAD

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. 

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:


    Traslado de cadáveres a Cuba:

    Para trasladar un cadáver de un cubano fallecido en Canadá, primero debe proceder a la Transcripción de la Defunción en el Consulado.

    Debe presentar además:
    1. Certificado médico que exprese que el cadáver ha sido embalsamado acorde a las medidas estipuladas.
    2. Traducción oficial al español del Certificado médico que exprese que el cadáver ha sido embalsamado acorde a las medidas estipuladas.
    3. Licencias de Enterramiento otorgada por las autoridades canadienses.
    4. Traducción oficial al español de las Licencias de Enterramiento otorgada por las autoridades canadienses.
    5. Documento del Ministerio de Salud de Canadá autorizando traslado del cadáver.
    6. Traducción del Documento del Ministerio de Salud de Canadá autorizando traslado del cadáver

    Debe autenticar los documentos que desea legalizar y sus traducciones al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1).

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    Después de obtener los documentos y sus traducciones autenticados debe presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    El costo de la Legalización y Certificación en el Consulado es $ 176.00 CAD por documento (cada documento en inglés y cada documento en español, como resultado de la traducción).

    El consulado confecciona una Declaración donde refiere que el cadáver se encuentra acondicionado según las medidas estipuladas, la que debe presentar junto al expediente para el traslado del cadáver. Esta declaración tiene un costo de $ 96.00 CAD.

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos.

    Adicionalmente debe ponerse en contacto con la Funeraria de Calzada y K en La Habana para solicitar los servicios correspondientes. Debe informar:
    • Nombre y apellidos del fallecido
    • Fecha de la muerte (Día, mes y año)
    • Causas de la muerte
    • Nombre y apellidos de la persona en Cuba que se responsabilizará del cadáver
    • Cementerio donde será enterrado el cadáver.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

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    Traslado de cenizas a Cuba:

    Para trasladar las cenizas de un cubano fallecido en Canadá, primero debe proceder a la Transcripción de la Defunción en el Consulado.

    Debe presentar además:
    1. Certificado de Cremación.
    2. Traducción oficial al español del Certificado de Cremación.

    Debe autenticar ambos documentos en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1).

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    Después de obtener los documentos autenticados debe presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    El costo de la Legalización y Certificación en el Consulado es $ 176.00 CAD por documento (cada documento en inglés y cada documento en español, como resultado de la traducción).
    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. 

    Adicionalmente debe ponerse en contacto con la Funeraria de Calzada y K en La Habana para solicitar los servicios correspondientes. Debe informar:
    • Nombre y apellidos del fallecido
    • Fecha de la muerte (Día, mes y año)
    • Causas de la muerte
    • Nombre y apellidos de la persona en Cuba que se responsabilizará de las cenizas
    • Cementerio donde serán enterradas las cenizas.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

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    Visa de Turismo (tarjeta turística):

    Toda persona que desea visitar Cuba como turista necesita un pasaporte válido. Si su pasaporte es de un país que no tiene representación consular o diplomática en Cuba, debe ser válido al menos 2 meses después de la fecha de regreso a Canadá. Para los países que tienen representación consular o diplomática en Cuba, los pasaportes pueden ser válidos hasta una semana después de la fecha de regreso.

    Si usted no es ciudadano canadiense o no posee la residencia permanente en Canadá, contacte el Consulado cubano más cercano para obtener más información sobre los documentos a presentar para solicitar una Visa de Turista.

    Usted también necesitará una tarjeta de turista (funciona como una visa). La misma se puede obtener en el Consulado o a través de la agencia de viajes o la aerolínea. También la puede comprar en el aeropuerto de salida aquí en Canadá antes de ir a Cuba. Algunas aerolíneas venden esas tarjetas de turista, otras la proporcionan, ya que están incluidas en el precio del billete de avión y se la entregan a usted una vez que está en el avión.

    Los viajeros deberán tener un seguro de viaje que cubra los gastos médicos o una póliza de gastos médicos con cobertura en Cuba. La póliza de seguro se debe adquirir en el país de origen de la salida. Los viajeros, que, con carácter excepcional, no tienen seguro a su llegada, podrán sacar una póliza de seguro y asistencia suscrita por aseguradoras cubanas en el aeropuerto, puerto o marina.

    La visa de turismo o tarjeta turística se utiliza solamente para viajes de turismo a Cuba. Válida para una sola entrada al territorio nacional en un viaje de 30 días y puede prorrogar 30 días más en el buró del hotel donde se hospeda o ante las autoridades de emigración.

    Si usted viaja con pasaporte canadiense, la tarjeta turística será válida para una sola entrada al territorio nacional en un viaje de hasta 90 días y puede prorrogar 90 días más.

    Los menores de edad deben tener su tarjeta de turismo aun cuando estén en los pasaportes de los padres.

    Para obtener información práctica sobre precios de hoteles, lugares para visitar, etc, póngase en contacto con las siguientes oficinas:

    • Toronto (Sección de Turismo del Consulado General de Cuba)

    Sitio Web: www.gocuba.ca
    Teléfono: 416-362-0700
    Fax: 416-362-2838
    Correo Electrónico: info@gocuba.ca
    Dirección: 1200 Bay St, Suite 305, Toronto, ON, M5R 2A5

    Montreal (Sección de Turismo del Consulado General de Cuba)

    Sitio Web: www.gocuba.ca
    Teléfono: (514) 844-7307
    Correo Electrónico: montreal@gocuba.ca
    Dirección: 300, rue Léo Pariseau, suite 2121, Montréal, Quebec, H2X 4B3

    ^


    Visa familiar  (A-2)

    Los cónyuges o hijos de ciudadanos cubanos de otra nacionalidad  que viajan a  Cuba y desean permanecer en casa de sus familiares cubanos, pueden solicitar en el Consulado correspondiente su solicitud de visa familiar. 

    Para mayor información contacte el Consulado cubano más cercano:

    Documentos a presentar:

    1. Pasaporte válido.
    2. Una foto
    3. Formulario.
    4. Fotocopia del certificado de matrimonio o certificado de nacimiento que avale el parentesco con el ciudadano cubano.

    Abonar el arancel consular estipulado para este servicio.

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    Visa de Periodista  (D-6)

    La visa de periodista debe solicitarse por el interesado a la oficina de prensa en la Embajada de Cuba en Ottawa.

    Debe ponerse en contacto con:
    Sra. Aileén Carmenaty Sánchez
    Agregada de Prensa y Cultura
    cubasec@embacubacanada.net

    Una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el mismo, en horario de atención al público.

    Documentos a presentar:
    • Pasaporte válido
    • Formulario completo
    • Foto tamaño pasaporte
    • Pago de $40.00 CAD por la solicitud y $88.00 CAD por el otorgamiento de la visa

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. NOTA: El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.

    Para obtener los visados que son tramitados directamente por organismos e instituciones en Cuba a través de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE), los interesados deben contactar al Consulado y verificar si la autorización ya fue recibida.

    Para la realización del pago o para la obtención de mayor información respecto a la obtención de este visado, seleccione la Oficina más cercana:


    Visas de negocios

    Para obtener los visados  que son tramitados directamente por organismos e instituciones en Cuba a través de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE), los interesados deben contactar a los consulados y verificar si la autorización ya fue recibida. 

    La visa de negocios debe solicitarse por el interesado a través del Consulado.

    Documentos a presentar:
    • Fotocopia del pasaporte válido
    • Carta de invitación de la Compañía cubana que será su contraparte donde se especifique la duración de la estadía en Cuba, propósito de la reunión, nombre y cargo de la persona signataria de la carta.
    • Una foto
    • Formulario de solicitud de visa completoPlanilla Visa de Negocios

    Este proceso tarda al menos una semana. Una vez que sea aprobada, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.

    • Pago de $40.00 CAD por la solicitud y $88.00 CAD por el otorgamiento de la visa

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD adicionales por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. NOTA: El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:


    Otras visas

    Existen otros tipos de visas, en dependencia del objetivo del viaje que se quiera realizar: visas de estudiantes, visas de eventos, entre otras.  Para poder obtener alguna de ella, el interesado deberá ponerse en contacto con la Oficina Consular correspondiente y solicitar información sobre las mismas.


    Solicitud de residencia en Cuba

    Para solicitar la residencia permanente en Cuba, Usted debe estar casado con un cubano que resida en el territorio nacional. En el caso de haber realizado el matrimonio en Canadá, el cónyuge cubano debe realizar primeramente la Transcripción del mismo en el Consulado. Posteriormente debe presentar los siguientes documentos:
    1. Examen médico (realizados en un período menor de 6 meses). Estos exámenes incluyen Placa torácica, examen de sangre y VIH. Los mismos pudieran ser presentados directamente en Cuba, siempre que se realicen en los hospitales o clínicas destinadas a la  atención de los extranjeros en Cuba

    2. Antecedentes penales (solicitados en un período menor de 3 meses).

    3. Pasaporte Válido y fotocopia completa del pasaporte.

    Antes de comenzar el proceso debe confirmar en Cuba con la oficina de Inmigración y Extranjería donde va a presentar la solicitud, si necesita algún documento adicional que deba ser legalizado por el Consulado.

    Cómo preparar los documentos:
    Debe autenticar los documentos que desea legalizar (numerales 1 y 2)  y sus traducciones al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1).

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    Después de obtener los documentos y sus traducciones autenticados debe presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    El costo de la Legalización y Certificación en el Consulado es $ 176.00 CAD por documento (cada documento en inglés y cada documento en español, como resultado de la traducción).

    El arancel por la certificación del pasaporte es $96.00 CAD.

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. NOTA: El efectivo enviado por correo será rechazado y devuelto a riesgo del solicitante.

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

    PARA LOS MENORES HIJOS DE CIUDADANOS EXTRANJEROS

    Para solicitar la residencia permanente en Cuba, para los hijos menores de un cubano que resida en el territorio nacional. En el caso haber ocurrido el nacimiento en Canadá, debe realizar primeramente la Transcripción del mismo en el Consulado. Posteriormente debe presentar los siguientes documentos:
    1. Certificado de nacimiento (long form)
    2. Poder notarial del otro padre (Le dará permiso al niño para que obtenga la residencia permanente en Cuba. Debe incluir todos los datos del niño y del padre cubano)

    Antes de comenzar el proceso debe confirmar en Cuba con la oficina de Inmigración y Extranjería donde va a presentar la solicitud, si necesita algún documento adicional que deba ser legalizado por el Consulado.

    Cómo preparar los documentos:
    Debe autenticar los documentos que desea legalizar (numerales 1 y 2)  y sus traducciones al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1).

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el Consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    Después de obtener los documentos y sus traducciones autenticados debe presentarlos en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación.

    El costo de la Legalización y Certificación en el Consulado es $ 176.00 CAD por documento (cada documento en inglés y cada documento en español, como resultado de la traducción).

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. 

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud:

    Consulado General de Cuba en Toronto

    Consulado General de Cuba en Montreal

     

    Atestado para animales de compañía:

    Para el viaje de un animal de compañía a Cuba usted debe presentar el Certificado Internacional de Salud para caninos y felinos firmado por un veterinario canadiense (el Certificado Internacional es el que tiene las versiones en inglés, español, y francés en el mismo documento).

    Debe autenticar el documento y su traducción al español en el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá (111 Sussex Drive K1N 1J1).

    Para que cualquier documento extranjero tenga efecto en Cuba, debe ser legalizado por el consulado de Cuba, previamente autenticado por el Departamento Legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá. Debe chequear el link que se ofrece a continuación para conocer más detalles sobre la autenticación de los documentos.

    http://www.international.gc.ca/department-ministere/authentication-authe...

    Después de obtener el documento autenticado debe presentarlo en el Consulado para el proceso de la Legalización y Certificación, el que tarda como máximo 3 días.

    El costo de la Legalización y Certificación en el Consulado es $ 176.00 CAD por documento. 

    Si su solicitud la realiza por correo postal, debe pagar $40.00 CAD por el trámite no personal y enviar un sobre pre pagado y seguro (con tracking number) para la devolución de los documentos. 

    Para la realización del pago, seleccione la Oficina en la que presentará su solicitud: