Nuevos protocolos sanitarios para viajeros a partir del 7 de Noviembre

Cuba se dirige hacia una reapertura controlada y escalonada de sus fronteras, con vista al venidero 15 de noviembre; la cual tiene entre sus garantías de seguridad, que más del 90% de la población cubana estará vacunada con el esquema establecido para tal fecha.

En correspondencia con los resultados alcanzados se flexibilizan las medidas de Control Sanitario Internacional que fueron adoptadas y se establecen las siguientes: 

  • Se elimina la cuarentena obligatoria de los viajeros internacionales al arribo al país a partir del 7 de noviembre y la realización del PCR-RT de entrada en frontera.
  • Todos los viajeros internacionales (cubanos o extranjeros) que arriben al país, deberán presentar un pasaporte de salud o certificado internacional anti- COVID-19 de aquellas vacunas certificadas por las agencias reguladoras correspondientes.
  • Todos los viajeros que no presenten pasaporte de salud o certificación internacional de vacunación anti-COVID-19, deberán portar al arribo una certificación de PCR-RT negativo a COVID-19, realizado no más de 72 horas antes de viajar, en un laboratorio certificado en el país de origen.
  • Los niños menores de 12 años de edad, independientemente de su nacionalidad, al arribo a Cuba, estarán exentos de presentar un esquema de vacunación o prueba de PCR-RT.
  • Al abordar el vuelo en origen, las líneas aéreas exigirán a sus pasajeros la evidencia de un esquema de vacunación, o una prueba de PCR-RT negativo aplicado durante las 72 horas antes.
  • Se solicitará la presentación de la Declaración de Sanidad del Viajero (Declaración Jurada de Salud).
  • El personal de Control Sanitario Internacional realizará en el aeropuerto de manera aleatoria toma de muestra para PCR-RT.
  • Se mantiene el uso obligatorio del nasobuco o mascarilla dentro de las terminales aéreas y portuarias, al igual que en todo el país.
  • Todo viajero internacional que arribe al país por cualquier punto de entrada y presente signos y síntomas de la COVID-19 u otra enfermedad trasmisible, será remitido a una institución de salud destinada al efecto y se le realizará una prueba de PCR-RT.
  • Se mantendrá vigilancia epidemiológica de los turistas en las instalaciones hoteleras durante su estancia en el país.
  • Los propietarios de las casas de renta o personas que hospeden a viajeros en el país, son responsables de informar con inmediatez a las autoridades sanitarias correspondientes, la aparición de cualquier sintomatología que presenten los mismos.
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