Principio responsabilidad de proteger preocupa a estados pequeños y subdesarrollados por ser susceptible a manipulaciones de tipo político

NUEVA YORK, 22 de noviembre de 2017.- Durante su intervención bajo el  Tema 136 “Proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2018-2019. Estimaciones respecto de misiones políticas especiales, buenos oficios y otras iniciativas políticas autorizadas por la Asamblea General o por el Consejo de Seguridad. Grupo Temático I: Enviados especiales y personales y asesores especiales del Secretario General, la Representante Permanente Alterna de Cuba, Embajadora Ana Silvia Rodriguez Abascal, indicó que el uso del principio responsabilidad de proteger continúa ofreciendo serias preocupaciones para muchos países, en particular pequeños y en desarrollo, debido a la falta de consensos y definiciones sobre varios elementos del mismo

Rodriguez Abascal cuestionó la creación del puesto del Asesor Especial sobre Responsabilidad de Proteger, sobre todo cuando no existe un acuerdo por parte de los Estados Miembros sobre el alcance de este concepto; lo que conlleva a lecturas ambiguas sobre el contenido del mismo.

La diplomática cubana señaló además,  que el tema responsabilidad proteger puede ser fácilmente manipulado con fines políticos, como ha sido el caso con tristes ejemplos que recoge la historia y en los que bajo la égida de la responsabilidad de proteger, se ha socavado el Derecho Internacional, la soberanía del Estado y su primordial responsabilidad para con el bienestar de su población.

Añadió que esta posición cubana  no debe interpretarse como un rechazo a la labor del Asesor Especial sobre la Prevención del Genocidio, cuyas funciones cuentan con pleno y permanente apoyo de la isla, víctima  de un injusto bloqueo económico, comercial y financiero, que por su naturaleza y su amplitud, califica como un acto de genocidio, en virtud del Artículo II de la Convención de Ginebra de 1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio

 

Información de interés:

Intervención de la delegación de Cuba ante la V Comisión. Segmento Principal del 72 periodo de sesiones de la Asamblea General. Tema 136 Proyecto de presupuesto por programas para el bienio 2018-2019. Estimaciones respecto de misiones políticas especiales, buenos oficios y otras iniciativas políticas autorizadas por la Asamblea General o por el Consejo de Seguridad. Grupo Temático I: Enviados especiales y personales y asesores especiales del Secretario General. Nueva york, 22 de noviembre de 2017.

Señor Presidente:

Agradecemos la presentación de los informes del Secretario General sobre las estimaciones respecto de misiones políticas especiales, buenos oficios y otras iniciativas políticas autorizadas por la Asamblea General o por el Consejo de Seguridad. Asimismo agradecemos al Sr. Carlos Ruiz Massieu por los informes conexos de la Comisión Consultiva.

Cuba se adhiere a lo expresado por Ecuador a nombre del Grupo de los 77 y China.

Señor Presidente:

La creación de las Misiones Políticas Especiales es decidida, en la mayoría de los casos, por el Consejo de Seguridad. Sin embargo, estas son financiadas a través del Presupuesto Regular, lo cual constituye una práctica insostenible. Ante esto consideramos resulta lógico que se proceda a su financiamiento de la misma manera que ocurre con las operaciones de mantenimiento de la paz, lo que incluye la utilización de su escala de cuotas.

El Secretario General ha propuesto para el bienio 2018-2019 un presupuesto ascendente a 5 405 millones de dólares, antes del ajuste. Ello supone un aumento de apenas un 0,2% respecto al esbozo del presupuesto aprobado en la resolución 71/274, que no puede ocultar que constituye un decrecimiento del 3,8% con relación a los recursos aprobados para el bienio 2016-2017.

En este escenario, donde una minoría de delegaciones aboga por imponer una política de crecimiento nominal cero, e incluso se pretende una reducción drástica del presupuesto, se proponen recursos por un valor de 1 109,6 millones de dólares para las misiones políticas especiales. Llama una vez más la atención, que el nivel de recursos asignados a estas misiones asciende a más del 20% del presupuesto regular. Ello es prueba del desbalance que existe en los recursos que se asignan a las diferentes prioridades establecidas por la Asamblea General.

Señor Presidente:

Hacemos referencia al Informe del Secretario General sobre las estimaciones para el Grupo temático I: Enviados especiales y personales y asesores especiales del Secretario General, contenidas en el documento A/72/371/Add.1, en particular a la sección II B relativa al Asesor Especial del Secretario General sobre la Prevención del Genocidio. Cuba no está de acuerdo con la propuesta del Secretario General de incluir actividades y resultados relativos al concepto de responsabilidad de proteger, en las estimaciones de las misiones políticas especiales; de manera específica, bajo la propuesta relativa al Asesor Especial sobre la Prevención del Genocidio.

Desconocemos hasta la fecha que exista una resolución adoptada por la Asamblea General, máximo órgano democrático de nuestra Organización,  con la que se haya creado el puesto del Asesor Especial sobre Responsabilidad de Proteger. Tal como se expresa en el párrafo 31 del propio Informe del Secretario General, “El 31 de agosto de 2007, en una carta dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad (S/2007/721), el Secretario General expresó su intención de nombrar un Asesor Especial encargado de la responsabilidad de proteger”. Un intercambio de cartas, apenas esto Sr. Presidente, y no una decisión de los Estados Miembros, es la génesis de este puesto.

Señor Presidente:

Creemos que la designación de un Asesor Especial sobre responsabilidad de proteger es una desviación de la letra y espíritu de los párrafos operativos 138 y 139 de la resolución 60/1 de la Asamblea General. Consideramos que no existe base legal para para la ejecución de actividades o la previsión de productos relativos a la responsabilidad de proteger. Recordemos que en el párrafo 2 de la resolución 63/308, la Asamblea General decidió solamente “seguir examinando la responsabilidad de proteger”. Como hemos planteado en ocasiones anteriores, opinamos que no se han desarrollado ni debates, ni exámenes intergubernamentales formales al respecto. La Asamblea General concretamente no ha aprobado una definición sobre este concepto.

Al examinar el Capítulo II B del Informe del Secretario General, no se puede definir de manera clara y trasparente, el nivel de recursos asociado a las actividades y productos vinculados con el Asesor Especial sobre la responsabilidad de proteger, los cuales aparecen mezclados con los del Asesor Especial para la Prevención del Genocidio. Lo mismo ocurre con la narrativa sobre el contenido de trabajo para ambos Asesores. Información ambigua de este tipo, dificulta a los Estados Miembros conocer con precisión si la misión del Asesor Especial del Secretario General sobre la Prevención del Genocidio cumple a cabalidad con los mandatos otorgados o si por el contrario se arroga el derecho de realizar actividades con objetivos que no gozan de la aprobación de los Estados Miembros.

Señor Presidente:

Este mal llamado principio de la responsabilidad de proteger continúa ofreciendo serias preocupaciones para muchos países, en particular pequeños y en desarrollo, debido a la falta de consensos y definiciones sobre varios elementos del mismo. El pasado 15 de septiembre, durante el debate en la Asamblea General, sobre la inclusión de este tema en la agenda del actual periodo de sesiones, quedó demostrado que este es un concepto que carece de consenso entre la membresía de nuestra Organización.

Adicionalmente, es un tema que puede ser fácilmente manipulado con fines políticos, como ha sido el caso con los tristes ejemplos que recoge la historia y en los que bajo la égida de la responsabilidad de proteger, se ha socavado el Derecho Internacional, la soberanía del Estado y su primordial responsabilidad para con el bienestar de su población.

Todo lo abordado con anterioridad, Sr. Presidente, es motivación más que suficiente para que Cuba se oponga a este concepto de responsabilidad de proteger y a la creación y mantenimiento del puesto del Asesor Especial para el mismo.

Señor Presidente:

Cuba es víctima de un injusto bloqueo económico, comercial y financiero, que por su naturaleza y su amplitud, califica como un acto de genocidio, en virtud del Artículo II de la Convención de Ginebra de 1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. Con esto en mente, la posición asumida por mi país en este tema en manera alguna debe interpretarse como un rechazo a la labor del Asesor Especial sobre la Prevención del Genocidio, cuyas funciones cuentan con pleno apoyo de nuestra delegación, como parte de la posición de principios permanente del gobierno cubano contra el genocidio.

Señor Presidente:

A tenor con los elementos señalados, mi delegación se involucrará activamente durante las sesiones de preguntas y respuestas y formulará propuestas específicas para modificar la presentación del Asesor Especial para la Prevención del Genocidio. En el marco de las consultas informales profundizaremos sobre elementos adicionales y haremos propuestas de enmiendas concretas a la propuesta del Secretario General.

Muchas gracias.

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