Requisitos para la prórroga de estancia en el exterior

Nota informativa  

Varsovia, 12 de octubre de 2020. - Como parte de las medidas anunciadas por las autoridades cubanas, los ciudadanos cubanos y extranjeros residentes en Cuba que superaron su tiempo de estancia en el exterior de 24 y 12 meses respectivamente desde el 19 de marzo, deberán solicitar la prórroga de estancia en nuestra oficina. Por el período comprendido entre el 19 de marzo del 2020 y el 12 de octubre del 2020 no se realizará cobro alguno. Posterior al 12 de octubre del 2020, se cobrará la tarifa establecida para este servicio. Esta medida tiene vigencia hasta el 12 de octubre del 2021.

Documentos a presentar:

1.- Pasaporte (en caso de ser nuevo, es necesario el pasaporte con el cual se  viajó al exterior)

2.- Fotocopia del pasaporte

3.- Documento de solicitud 

Importante: sugerimos a los usuarios realizar este servicio cuando tengan la certeza del momento en que viajarán a Cuba.  

Este trámite se realiza en el momento.

Para mayor precisión, los interesados deben contactar con la Sección Consular de Cuba en Polonia a través de la dirección de correo electrónico: consulcu@embacuba.pl  

Sección Consular de la Embajada de Cuba en Polonia

Etiquetas
Categoría
Comunidad cubana
Eventos
Relaciones Bilaterales
RSS Minrex