La transcripción de nacimiento se realiza a hijos de ciudadanos cubanos nacidos en el exterior. La realización de este acto no implica la obtención automática de la ciudadanía cubana.
Su solicitud se hace de manera presencial en el Consulado y para ello debe presentar:
1. Certificación de nacimiento del interesado emitida por el registro civil, la cual debe estar legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación de España, además será legalizada en el Consulado cubano para proceder a la trascripción.
2. Certificación de nacimiento de ambos padres
3. Pasaporte y carnet consular del(os) padre (s) cubano(s).
4. Planilla de solicitud debidamente cumplimentada.
5. Fotocopias de los pasaportes del interesado y de sus padres.
Si se tratase de un menor de edad deben estar presentes uno o ambos padres cubanos. El acto de transcribir es exento de pago.
La legalización del certificado de nacimiento del inscripto tiene un arancel de 110.00 euros.