VISA DE FAMILIA - CONSULADO EN SEVILLA

Este visado se expide a ciudadanos extranjeros que mantenga una relación conyugal o paterno filial con un ciudadano cubano. Para solicitar este tipo de visado los interesados deben presentar:

1.    Planilla de solicitud debidamente cumplimentada
2.    Pasaporte actualizado
3.    Una foto
4.    Documentos que demuestren el vínculo familiar con el ciudadano cubano (Certificación de Matrimonio, Inscripción de Nacimiento de hijos menores, libro de familia, etc). 

Este visado se expide por los períodos de tiempos siguientes:

1.    Hasta 30 días a los familiares de cubanos con residencia permanente en Cuba.
2.    Hasta 180 días a los familiares de ciudadanos cubanos Residentes en el Exterior.

Este servicio tiene un arancel consular de 80 euros que incluye la solicitud y el otorgamiento. Si desea realizarlo por correo postal, o a través de una tercera persona se le adicionarán 25 euros por el trámite no personal. 

En el caso ciudadanos extranjeros que mantengan una relación familiar con cubanos con la categoría migratoria de residentes en el exterior, pueden viajar a Cuba con VISA de turista siempre que viajen en compañía del familiar cubano. 

En caso de ciudadanos extranjeros que mantengan algún vínculo afectivo con un ciudadano cubano que no puedan demostrar con los documentos antes mencionados pueden viajar a Cuba con tarjeta de turista y solicitar el cambio de la visa ante las oficinas de inmigración y extranjería si se hospedaran en sus casas.

En caso de hacerlo por mensajería debe enviar un sobre con la documentación descrita anteriormente y una carta de solicitud aclarando el trámite que solicita. 

Descargar planilla. 

Categoría
Comunidad cubana
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