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SOLICITUD DE PASAPORTE - CONSULADO EN SEVILLA

La validez del pasaporte corriente es de diez (10) años, para los ciudadanos cubanos con dieciséis (16) o más años de edad, en el caso de los menores el pasaporte tendrá una vigencia de cinco (5) años.

Las personas que emigraron antes del 1 de enero de 1971, deberán  presentar su pasaporte cubano para ingresar a Cuba; conforme a lo establecido en la Constitución de la República, aprobada en 2019 en referéndum popular.

DOCUMENTO DE VIAJE Y TRANSITO (DVT) - CONSULADO EN SEVILLA

La solicitud del Documento de Identidad y Viaje procede ante situaciones de excepcionalidad urgentes debidamente acreditadas en sustitución del pasaporte cubano.

Su autorización es competencia de las autoridades migratorias cubanas y sólo será utilizado para la entrada al territorio nacional, y una vez en Cuba se deberá solicitar el pasaporte cubano para la salida de Cuba.

 

Para solicitar el Documento de Identidad y Viaje debe:

Presentar un escrito exponiendo los motivos de la urgencia.

SOLICITUD DE HE-4 REPATRIACIÓN - CONSULADO EN SEVILLA

Para iniciar la solicitud de su reasentamiento en Cuba es requisito indispensable contar con una persona en el territorio nacional que garantice, documentalmente ante notario público, la responsabilidad de asumir su alojamiento y manutención hasta tanto la persona pueda disponer de vivienda y de ingresos propios.

El responsable debe presentarse en la sección de inmigración del territorio que le corresponde según su lugar de residencia, para hacer patente su aceptación y hacerle llegar una copia del documento.

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