Nota Importante: La Oficina Consular de Cuba en Washington D.C no está ofreciendo trámites presenciales en estos momentos, debido a la actual situación epidemiológica en Estados Unidos a causa de la COVID-19. Se están realizando servicios por la vía del correo postal o de las agencias que aparecen en este sitio. Esta medida permanecerá vigente hasta nuevo aviso.
Teniendo en cuenta la actual situación epidemiológica nacional, regional e internacional se ha decidido reducir la entrada de viajeros procedentes de Estados Unidos, México, Panamá, Bahamas, Haití y República Dominicana, a partir del 1 de enero de 2021, para lo cual las autoridades de la Aeronáutica Civil de Cuba reajustan con las aerolíneas los detalles necesarios. Tan pronto la situación epidemiológica lo permita, se restablecerá gradualmente la frecuencia de vuelos.
A partir del 10 de enero del 2021, se establece como requisito obligatorio para todos los viajeros que arriben a Cuba procedentes del extranjero, la presentación del resultado de una prueba PCR-RT para SARS Cov-2, de un laboratorio certificado en el país de origen y realizado en un período de 72 horas previas a su llegada a nuestro territorio nacional. Se continuarán implementando los protocolos sanitarios establecidos en la actualidad, que incluyen la realización de una nueva prueba PCR en la frontera y, en el caso de los viajeros internacionales que no arriban en condición de turistas, otra prueba PCR transcurridos cinco días de su llegada.
Se asegurarán las capacidades de alojamiento para los viajeros cubanos residentes en el país, que no tengan condiciones en su vivienda o en la de sus familiares para cumplir el aislamiento domiciliario. Igualmente, se garantizarán las capacidades para aislamiento en hoteles destinados para este fin, para los viajeros cubanos residentes en el exterior u otros, que decidan realizar su aislamiento en estas instalaciones, asumiendo el pago de este servicio.
Como parte del enfrentamiento a esta pandemia, y teniendo como premisa fundamental el deber de garantizar la salud de nuestra población y de los viajeros internacionales que nos visitan, las autoridades de salud cubanas continuarán aplicando con rigor los protocolos sanitarios establecidos, al tiempo que mantendrán un monitoreo sistemático y detallado de la incidencia de los casos importados en la transmisión de la enfermedad.
El Consulado de Cuba, en Washington D.C, presta servicios consulares a todo el territorio de Estados Unidos y Puerto Rico.
A través de la cuenta de Facebook de la Embajada de Cuba en Estados Unidos y de nuestra cuenta en Twitter @ConsulCubaUS, pueden realizar consultas o solicitar aclaraciones de dudas, sobre la tramitación de algún servicio en particular.
El pago de los servicios consulares sólo puede efectuarse mediante “Postal Money Orders” (Money Order que se adquiere en las oficinas del correo postal de Estados Unidos, USPS), o a través de los cheques de las agencias con las que nuestro Consulado tiene contrato establecido. El Consulado no puede aceptar ninguna otra forma de pago.
Si la solicitud de cualquier servicio, se realiza por correo, mensajería, agencia, o a través de una tercera persona, es decir, si el ciudadano cubano no se presenta físicamente en el Consulado, se cobrará en adición el arancel por trámite no personal, establecido para tales efectos ($20.00 USD por persona). Se exceptúan de este requerimiento los hijos menores de edad u otros familiares de avanzada edad o discapacidades, de la persona que se presenta a solicitar el servicio.
En las solicitudes realizadas por correo o mensajería, no debe faltar la adición de un sobre pagado previamente a su cuenta, para el retorno al usuario del pasaporte o documentos, según sea el caso. Se recomienda utilizar siempre, en ambas direcciones, mensajerías seguras y sobres con número de rastreo. El sobre de retorno a enviar es uno por persona.