73 AGNU: Intervención de la delegación cubana con el Sr. Idriss Jazairy, Relator sobre las repercusiones negativas de las medidas coercitivas unilaterales en el disfrute de los derechos humanos. Nueva York, 17 de octubre de 2018.

Agradecemos al Sr. Idriss Jazairy por la presentación de su informe y las recomendaciones que el mismo contiene.

En relación con el capítulo III Cuestiones de discriminación (y no discriminación) en relación con las sanciones unilaterales no compartimos la idea de que las medidas coercitivas unilaterales, y en particular las sanciones económicas tengan un “potencial de perjudicar los derechos humanos” sino que tenemos la firme convicción violan directamente los derechos humanos.

Reafirmamos que las medidas coercitivas unilaterales son contrarias al derecho internacional, al derecho internacional humanitario, a la Carta de las Naciones Unidas y las normas y principios que rigen las relaciones pacíficas entre Estados.

El uso de la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza está proscrito en el derecho internacional. La propia carta solo reserva al Consejo de Seguridad el uso de sanciones, incluido el uso de la fuerza. Acciones unilaterales es solo dable cuando se trata de la institución jurídica de la legítima defensa, y la misma tiene que cumplir claros requisitos de proporcionalidad e inmediatez.    

Como conoce el Movimiento de Países No alineados presentará en esta sesión la resolución sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales”.

Coincidimos con lo expresado en su informe en que hay una escalada en el uso de medidas coercitivas unilaterales y consideramos que Estados Unidos bajo la actual administración es el principal responsable de esta situación.

La medida coercitiva unilateral que constituye el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos contra Cuba por ya 56 años, constituye una violación flagrante, masiva y sistemática de los derechos humanos de las cubanas y cubanos y califica como acto de genocidio a tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948. Resultan incalculables los daños humanos que ha producido la aplicación de esta política. No hay familia cubana ni servicio social en Cuba que no sufra las privaciones y consecuencias del bloqueo

Es por ello que mi delegación presentará nuevamente el próximo 31 de octubre en el plenario de la Asamblea General el proyecto de resolución “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”.

Muchas Gracias Sr. Presidente.