Alianza Martiana contra activación del Título III de la Ley Helms-Burton

Las organizaciones de la emigración cubana, que en Miami integran la coalición Alianza Martiana, manifestaron en una Nota de Prensa, del pasado 8 de marzo, su enérgica oposición a las pretensiones de activación del Título III de la Ley Helms-Burton, todo lo cual constituye otro acto de violenta intimidación por parte del Gobierno de Estados Unidos contra Cuba.

Subrayan en el texto de la Nota que la actual Administración norteamericana con esta nueva acción, tiene como propósito intimidar a posibles inversionistas extranjeros en la isla, para dificultar las posibilidades de desarrollo económico del pueblo cubano.

Integran la coalición: la Brigada Antonio Maceo, la Alianza Martiana –como organización individual-, la Asociación Cultural José Martí, la Alianza de Trabajadores de la Comunidad Cubana, la Asociación de Mujeres en Defensa de la Familia, y la organización multiétnica, Círculo Bolivariano de Miami “Negra Hipólita”.

“Defendemos el derecho del pueblo cubano –de nuestras familias en Cuba- de vivir y desarrollarse en paz”, afirmaron los miembros de estas organizaciones en el comunicado.

A continuación, el texto íntegro de la Nota de Prensa:

NOTA DE PRENSA

ALIANZA MARTIANA

8 de marzo de 2019

EL TÍTULO III DE LA LEY HELMS BURTON ES INCONSTITUCIONAL

Miami.-  Las organizaciones de la emigración cubana que en Miami integran la coalición Alianza Martiana: la Brigada Antonio Maceo; la Alianza Martiana –como organización individual-; la Asociación Cultural José Martí; la ATC; la Asociación de Mujeres en Defensa de la Familia; y la organización multiétnica, Círculo Bolivariano de Miami, Negra Hipólita, enérgicamente condenan como otro acto de violenta intimidación la activación del Titulo III de la injerencista Ley Helms Burton. Además es inconstitucional.

No cabe duda alguna que esta nueva acción por parte de la Administración de Trump es otro acto en la larga guerra que Estados Unidos viene llevando a cabo por más de 60 años contra el pueblo cubano.  Tiene como propósito principal intimidar a posibles inversionistas extranjeros en Cuba, de esta manera dificultando las posibilidades de desarrollo económico del pueblo cubano.

Defendemos el derecho del pueblo cubano –de nuestras familias en Cuba- de vivir y desarrollarse en paz.

Es fundamental en esta controversia la innegable inconstitucionalidad del Título III de la Ley Helms Burton. La Corte Suprema de Estados Unidos el 13  marzo de 1964, en una fundamental decisión, en el caso “Banco Nacional de Cuba v. Sabbatino”, estableció que los tribunales de Estados Unidos no tienen jurisdicción para inmiscuirse y determinar casos relacionados al derecho de un Estado para expropiar propiedades en su territorio soberano según establecen sus leyes.

Esta opinión del Tribunal Supremo de Estados Unidos, decidida con 8 votos a favor y 1 en contra, dice así: “Si no hubiese un Tratado u otro acuerdo que rija en la materia [asunto], los tribunales federales no tienen jurisdicción sobre una disputa que concierne a otro país expropiando propiedades en su propio territorio, aún si violara el derecho internacional”.

Además este controvertido Título III ha tenido el firme e invariable rechazo de la comunidad internacional, especialmente de los países integrantes de la Unión Europea y de Canadá, por su prepotente e ilegal carácter extraterritorial.

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