Denuncia Cuba política de agresión que ha ocasionado sufrimiento al pueblo cubano

NUEVA YORK, 30 de octubre de 2018.- Durante su intervención en el Tema 77 de la agenda de las Naciones Unidas, dedicado al Informe de la Corte Penal Internacional, la Representante Permanente Alterna de Cuba ante la organización, Embajadora Ana Silvia Rodríguez Camejo, expresó el firme compromiso de la isla en la lucha contra la impunidad de crímenes que afecten a la comunidad internacional y como acontecimientos mundiales que han tenido lugar en los últimos años demuestran de manera fehaciente la necesidad de una institución jurisdiccional internacional con autonomía, que conduzca  dicha lucha.

La representante caribeña explicó que ello pasa por la definición del crimen de agresión, el cual debe establecerse de manera genérica y abarcando todas las formas de agresión que se manifiestan en las relaciones internacionales entre los Estados y que no se circunscriben al uso de la fuerza armada, pero afectan igualmente la soberanía, integridad territorial o independencia política de los Estados. En el caso de Cuba, argumentó, se ha sido víctima de disímiles formas de agresión durante casi 60 años, los cuales han causado miles de muertos y lesionados, sufrimiento familiar e innumerables pérdidas materiales, económicas y financieras. Sin embargo,  la definición del crimen de “agresión” alcanzada en la Conferencia de Kampala, está muy lejos de considerar algunos de los elementos mencionados, resultado del  hostigamiento y la agresividad que ha resistido el pueblo cubano.

La diplomática reflexionó sobre las amplias facultades otorgadas al Consejo de Seguridad en virtud del Artículo 16 del Estatuto de Roma en relación con el trabajo de la Corte Penal Internacional, las cuales en su opinión desvirtúa su carácter de institución independiente, al violar el principio capital de la independencia de los órganos jurisdiccionales y la transparencia e imparcialidad en la administración de justicia.  Ello, añadió, es confirmado por las remisiones realizadas a la Corte por parte del Consejo de Seguridad, a través de las cuales se ataca a países en desarrollo en nombre de una supuesta “lucha contra la impunidad”.

Rodríguez Abascal  reiteró la posición de Cuba a favor del establecimiento de una jurisdicción penal internacional imparcial, no selectiva, eficaz, justa, complementaria de los sistemas nacionales de justicia, verdaderamente independiente y, por tanto, exenta de subordinaciones a intereses políticos que puedan desvirtuar su esencia. Agregó que la Corte no puede desconocer los Tratados Internacionales y los principios del Derecho Internacional y debe respetar el principio de derecho relativo al consentimiento del Estado para obligarse por un tratado, lo cual queda refrendado en el artículo 11 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, de 23 de mayo de 1969.

Cuba en varias ocasiones ha expresado su preocupación por el precedente que se crea con las decisiones de la Corte de iniciar procesos judiciales contra nacionales de Estados no Partes en el Estatuto de Roma, que ni siquiera han aceptado su competencia, de conformidad con el artículo 12 del mismo.

(Cubaminrex-Misión Permanente de Cuba ante Naciones Unidas)

Información relacionada :

Intervención de la delegación cubana en el tema 77 del programa “Informe de la Corte Penal Internacional”. Nueva York, 29 de octubre de 2018

Señora Presidenta,

La delegación de Cuba toma nota del Informe del Secretario General y desea expresar su firme compromiso en la lucha contra la impunidad de crímenes que afecten a la comunidad internacional.

La actual situación internacional, así como los acontecimientos que han tenido lugar en los últimos años demuestran de manera fehaciente la necesidad de una institución jurisdiccional internacional con autonomía, que conduzca la lucha contra la impunidad de los crímenes más graves.  

No obstante, consideramos que las amplias facultades otorgadas al Consejo de Seguridad en virtud del Artículo 16 del Estatuto de Roma en relación con el trabajo de la Corte Penal Internacional, la coloca, no precisamente, como una institución independiente. Esta cuestión además de desvirtuar la esencia de la jurisdicción de este órgano, viola el principio capital de la independencia de los órganos jurisdiccionales y la transparencia e imparcialidad en la administración de justicia.  

Las remisiones realizadas a la Corte por parte del Consejo de Seguridad, confirman la negativa tendencia a la que nuestro país se ha referido en varias oportunidades.

En los procesos de remisión del Consejo de Seguridad, se viola constantemente el Derecho Internacional y se ataca a países en desarrollo en nombre de una supuesta “lucha contra la impunidad”. Es por eso que Cuba reitera su posición a favor del establecimiento de una jurisdicción penal internacional imparcial, no selectiva, eficaz, justa, complementaria de los sistemas nacionales de justicia, verdaderamente independiente y, por tanto, exenta de subordinaciones a intereses políticos que puedan desvirtuar su esencia.

Señora Presidenta,

Cuba reitera que la Corte Penal Internacional no puede desconocer los Tratados Internacionales y los principios del Derecho Internacional. La Corte debe respetar el principio de derecho relativo al consentimiento del Estado para obligarse por un tratado, lo cual queda refrendado en el artículo 11 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, de 23 de mayo de 1969.

Cuba desea reiterar su seria preocupación por el precedente que se crea con las decisiones de la Corte de iniciar procesos judiciales contra nacionales de Estados no Partes en el Estatuto de Roma, que ni siquiera han aceptado su competencia, de conformidad con el artículo 12 del mismo.

Por otra parte, la jurisdicción de la CPI debe mantenerse independiente de los órganos políticos de las Naciones Unidas y funcionar siempre de manera complementaria a las jurisdicciones penales nacionales. El Estatuto de Roma no fue creado para reemplazar a los tribunales nacionales.

Señora Presidenta,

El pueblo de Cuba ha sido víctima de las más disímiles formas de agresión durante casi 60 años. El hostigamiento y la agresividad han ocasionado a nuestro país miles de muertos y lesionados, cientos de familias han perdido a sus hijos, padres y hermanos además de las innumerables pérdidas materiales, económicas y financieras. Sin embargo, la definición del crimen de “agresión” alcanzada en la Conferencia de Kampala, está muy lejos de considerar algunos de los elementos mencionados.

La definición del crimen de agresión debe establecerse de manera genérica, que abarque todas las formas de agresión que se manifiestan en las relaciones internacionales entre los Estados y que no se circunscriben al uso de la fuerza armada, pero afectan igualmente la soberanía, integridad territorial o independencia política de los Estados.

Señora Presidenta.

La Corte Penal Internacional debe informar de sus actividades a la Asamblea General sobre la base de lo establecido en el Acuerdo de Relaciones. Cuba aunque no es parte de la CPI, está dispuesta a continuar participando activamente en los procesos de negociación relacionados con esta institución, en especial de la Resolución “Informe de la Corte Penal Internacional” que cada año es adoptada por la Asamblea General.

Para concluir, Cuba reafirma su voluntad de luchar contra la impunidad y mantiene su compromiso con la justicia penal internacional, el apego a los principios de transparencia, independencia e imparcialidad, así como la aplicación irrestricta y el respeto al Derecho Internacional.

Muchas gracias.

(Cubaminrex-Misión Permanente de Cuba ante la ONU)

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