La obra de la Revolución es la principal garantía para los derechos humanos en Cuba

Pretoria, 10 de diciembre de 2020.- Con motivo de la celebración hoy del Día de los Derechos Humanos compartimos un listado con los principales derechos del pueblo cubano, en diferentes esferas, alcanzados en 62 años de Revolución:

PARTICIPACIÓN EN LOS ASUNTOS PÚBLICOS

Todos los ciudadanos cubanos tienen iguales oportunidades de acceso a los más altos cargos públicos, en función de sus capacidades y méritos, y no en dependencia de su capacidad económica o financiera.

Mecanismos como la rendición de cuenta constituyen vías efectivas para favorecer la participación activa de la población en el control a la gestión del Gobierno y los representantes electos.

ACCESO A LA JUSTICIA

Los jueces cubanos asumen como principios fundamentales el humanismo, el respeto al debido proceso, a las garantías y a los derechos humanos, y el incremento de la calidad y agilidad en la tramitación de los procesos para lograr decisiones justas, evitar la impunidad y los errores judiciales.

DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La protección de la niñez y la adolescencia es una prioridad  de primer orden en Cuba, que se ejecuta sobre la base de los postulados de la Convención de los Derechos del Niño.

No existen niños, niñas o adolescentes obligados a trabajar, ni infantes abandonados sin protección. Los castigos corporales no están permitidos, ni son tolerados.

La protección de la niñez y la adolescencia se materializa en políticas públicas, programas sociales y proyectos comunitarios de gran impacto.

PROTECCIÓN DE LA JUVENTUD

La atención de la juventud se desarrolla a través de programas sociales universales y gratuitos.

Las políticas de juventud se caracterizan por tener un enfoque integral y por promover la equidad social, con una elevada participación y capacidad de decisión de los jóvenes en el ámbito político, económico, social y cultural.

PROTECCIÓN DEL ADULTO MAYOR

La nueva Constitución fortaleció el reconocimiento y protección de los derechos del adulto mayor, bajo el principio de corresponsabilidad.

Existen 293 casas de abuelos, con 10 023 capacidades, y 155 hogares de ancianos, con 12 346 camas y 3 400 plazas de día.

Existen más de 300 médicos especializados en Geriatría y Gerontología.

DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La protección y atención de este grupo poblacional en Cuba se corresponde plenamente con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

La nueva Constitución ratificó y fortaleció la protección jurídica de los derechos de las personas con discapacidad.

Las personas con discapacidad tienen acceso al Sistema Nacional de Educación, universal y gratuito.

La política de empleo otorga prioridad a la persona con discapacidad para el acceso al trabajo ordinario.

PERSONAS LGBTIQ

La Constitución cubana prohíbe expresamente la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. A su vez, reconoce la existencia de distintos tipos de familias.

Se han ampliado los espacios de diálogo, estudio y reflexión sobre estos temas, diversificando, con apoyo gubernamental, las actividades de sensibilización y divulgación.

DERECHOS LABORALES

La Constitución reconoce que toda persona en condiciones de trabajar tiene derecho a obtener un empleo digno, según su elección, calificación, aptitud y las exigencias de la economía y la sociedad.

Quien trabaja tiene derecho al descanso, que se garantiza por la jornada de ocho horas, el descanso semanal y las vacaciones anuales pagadas.

El Estado garantiza el derecho a la seguridad y salud en el trabajo.

DERECHO A LA SALUD

Es responsabilidad del Estado garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención, protección y recuperación.

El Sistema Nacional de Salud se basa en un modelo público y único de prestación de servicios, gratuito, que brinda atención al 100 % de la población de forma integral, sin discriminación.

Con un médico por cada 122 habitantes, Cuba es, según la OMS, la nación mejor dotada en este sector.

La esperanza de vida es de 78,45 años como promedio.

LIBERTADES DE OPINIÓN, EXPRESIÓN Y PRENSA

Las condiciones materiales para el ejercicio de estos derechos, se facilitan por el hecho de que, los medios fundamentales de comunicación social no pueden ser objeto de propiedad privada, lo cual asegura su utilización exclusiva al servicio del pueblo y los intereses de la nación.

Como ocurre en otros países, no es posible utilizar el ejercicio de estos derechos para violar la legalidad.

LIBERTADES SINDICALES

Los trabajadores tienen derecho a asociarse voluntariamente y constituir organizaciones sindicales.

Las organizaciones sindicales cubanas defienden y representan los intereses y derechos de los trabajadores.

Los dirigentes de las organizaciones sindicales tienen las garantías necesarias para el ejercicio de su gestión.

SISTEMA POLÍTICO CUBANO

La existencia de un solo partido en el sistema cubano es resultado de factores históricos y contemporáneos. A diferencia de lo que ocurre en otros países, el PCC no constituye un partido electoral.

La  pluralidad política de un país no la determina el número de partidos, sino el grado de participación y representación real que alcancen los más diversos sectores de la sociedad en la conducción de los más importantes asuntos.

SISTEMA ELECTORAL CUBANO

El voto es libre, voluntario y secreto.

Todos los ciudadanos tienen derecho a elegir y a ser elegidos.

Los mandatos de los integrantes de los órganos representativos del poder del Estado son elegibles, renovables y revocables.

Se realizan elecciones periódicas, con un alto nivel de participación popular.

DISCRIMINACIÓN RACIAL

Está proscrita la discriminación racial y por color de piel.

No hay segregación racial, ni patrones raciales en las instituciones encargadas del cumplimiento de la ley.

La lucha contra toda forma de discriminación racial y su erradicación es un objetivo permanente.

DERECHOS CULTURALES Y ACCESO AL ARTE Y LA CULTURA

Los derechos culturales reciben en Cuba amplia protección. Se fomentan y promueven el arte y la cultura para todas las personas, sin discriminación.

Para favorecer el acceso a la cultura, el ejercicio de la libertad de creación artística y el derecho de todos a disfrutar del arte y la cultura, se amplía la red de instituciones culturales de base, con el objetivo de acercar los servicios culturales al ciudadano promedio.

La política cultural cubana apoya decisivamente la creación.

LIBERTAD DE CREACIÓN ARTÍSTICA

Ningún artista cubano es perseguido por lo que piensa o expresa.

Como ocurre en otros países, no es posible utilizar el ejercicio de este derecho para violar la legalidad.

La cultura y la libertad de creación artística no deben manipularse para disfrazar agendas financiadas y organizadas desde el exterior.

LIBERTAD RELIGIOSA

Se reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa. 

Toda persona tiene derecho a profesar y practicar o no creencias religiosas.

Las instituciones religiosas nombran y ubican libremente a su personal consagrado.

DERECHOS DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO

La Constitución consagra la igualdad de derechos y responsabilidades entre la mujer y el hombre en lo económico, político, cultural, laboral, social, familiar y en otros ámbitos.

En la Asamblea Nacional del Poder Popular, que es el máximo órgano del poder del Estado, el 53,2 % de los diputados son mujeres.

Las mujeres constituyen el 45,8 % de la fuerza laboral en el sector estatal civil.

DERECHO A LA EDUCACIÓN

La educación es un derecho de todas las personas en Cuba, y el Estado garantiza servicios de educación gratuitos, asequibles y de calidad para la formación integral, desde la primera infancia hasta la enseñanza universitaria de posgrado.

Contamos con un sistema educativo de calidad, de cobertura universal, y gratuito en todos los niveles de enseñanza, al que se accede sin discriminación.

Alrededor del 21,5 % de los gastos corrientes del Presupuesto Nacional y más del 11 % del PIB se destina a la Educación.

DEMOCRACIA

La democracia en Cuba no se limita al momento de las elecciones. Es un ejercicio permanente de participación, apoyo y control activo de la población al Gobierno.

El más reciente ejemplo de democracia en Cuba es la nueva Constitución de la República, ratificada en referéndum popular por el voto favorable del 86,85 % de los votantes.

DETENCIONES ARBITRARIAS Y PRESOS POLÍTICOS

En Cuba no se practican detenciones arbitrarias ni existen presos políticos.

Las detenciones se realizan conforme al procedimiento penal, por cometer delitos previstos en nuestras leyes, y cumpliendo las amplias garantías del debido proceso.

LIBERTAD DE ASOCIACIÓN

Se promueve la participación activa de las organizaciones de la sociedad civil.

Las asociaciones constituidas conforme a la ley ejercen libremente sus funciones, eligen a sus representantes y directivos, y realizan sus actividades sin interferencias estatales.

Con información de Granma.

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