NOTA INFORMATIVA

Ante la creciente y acelerada expansión del SARS CoV 2/Covid-19, se ha decidido adoptar las siguientes medidas con carácter temporal, las cuales entrarán en vigor a partir del 19 de marzo de 2020.

  1. Los ciudadanos cubanos que en estos momentos se encuentran en el exterior en países donde se aplica la captura de datos biométricos, hasta el 30 de abril del presente año, podrán confeccionarse el pasaporte sin tener que visitar los Consulados y Oficinas Consulares. Para ello, deben utilizar la planilla de solicitud disponible en el Sitio Web; http://misiones.minrex.gob.cu/es/nicaragua, de cada Consulado u Oficina Consular, y cumplir con los requisitos de calidad establecidos para la foto y firma.

Posterior a la fecha antes señalada, teniendo en cuenta la evolución de la situación epidemiológica internacional, se reevaluará la continuidad, o no, de esta medida.

  1. Los ciudadanos cubanos próximos a cumplir los 24 meses de estancia ininterrumpida en el extranjero, no necesitarán solicitar prórrogas a partir del 19 de marzo de 2020 y podrán permanecer fuera de Cuba hasta nuevo aviso, manteniendo su condición de Residentes Permanentes en el territorio nacional.

Para mayor precisión, favor contactar con el consulado a través de las siguientes vías:

Teléfono: 2276-2300

Pizarra 2276-0742 Interno 118

Consulado@embacuba.net.ni

Categoría
Comunidad cubana
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