NOTA INFORMATIVA

NOTA INFORMATIVA

Ante la creciente y acelerada expansión del SARS CoV 2/Covid-19, se ha decidido adoptar las siguientes medidas con carácter temporal, las cuales entrarán en vigor a partir del 19 de marzo de 2020.

  1. Los ciudadanos cubanos que hoy se encuentran en el exterior en países donde se aplica la captura de datos biométricos, podrán confeccionarse, hasta el 30 de abril del presente año, el pasaporte sin tener que visitar nuestros consulados y oficinas consulares. Para ello, deben utilizar la planilla de solicitud disponible en el Sitio Web de cada consulado u oficina consular, y cumplir con los requisitos de calidad establecidos para la foto y firma.

Posterior a la fecha antes señalada, teniendo en cuenta la evolución de la situación epidemiológica internacional, se reevaluará la continuidad, o no, de esta medida.

  1. Los ciudadanos cubanos próximos a cumplir los 24 meses de estancia ininterrumpida en el extranjero, no necesitarán solicitar prorrogas a partir del 19 de marzo de 2020 y podrán permanecer fuera de Cuba hasta nuevo aviso, manteniendo su condición de Residentes Permanentes en el territorio nacional.

Para mayor precisión, favor contactar con el Consulado u Oficina Consular, a través de las siguientes vías:

Teléfono Embajada: +982122802844

Mail EmbaCuba Irán Consulado: consulado@ir.embacuba.cu

 

 

 

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Comunidad cubana
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