Nuevo Consejo de Ministros es aprobado por el Parlamento cubano

Durante esta sesión plenaria, la Asamblea Nacional de Cuba evaluó y aprobó la propuesta para integrar el Consejo de Ministros

CUBA, 21 de julio de 2018.- El Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, explica que ya Salvador Valdés Mesa había sido elegido como Primer Vicepresidente de los Consejos de Estado y de Ministros.
Ratificados como vicepresidentes del Consejo de Ministros:

Comandante de la Revolución Ramiro Valdés Menéndez; Ricardo Cabrisas Ruiz, y Ulises Rosales del Toro
Promovidos a vicepresidentes:

Inés María Chapman Waugh y Roberto Morales Ojeda, quienes se desempeñaban como Presidenta del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos y Ministro de Salud Pública, respectivamente

Ratificado como Secretario:

José Amado Ricardo Guerra

Ratificados como miembros del Consejo de Ministros en los cargos de ministros

y ministras de:

Educación:

Ena Elsa Velázquez Cobiella

Finanzas y Precios:

Lina Olinda Pedraza Rodríguez

Trabajo y Seguridad Social:

Margarita González Fernández

Ministra-Presidenta

del Banco Central de Cuba:

Irma Martínez Castrillón

Ciencia Tecnología y Medio Ambiente:

Elba Rosa Pérez Montoya

Fuerzas Armadas Revolucionarias:

General de Cuerpo de Ejército

Leopoldo Cintra Frías

Interior:

Vicealmirante

Julio César Gandarilla Bermejo

Relaciones Exteriores:

Bruno Rodríguez Parrilla

Construcción:

René Mesa Villafaña

Transporte:

Adel Yzquierdo Rodríguez

Comercio Exterior y la Inversión Extranjera:

Rodrigo Malmierca Díaz

Turismo:

Manuel Marrero Cruz

Agricultura:

Gustavo Rodríguez Rollero

Industrias:

Alfredo López Valdés

Educación Superior:

José Ramón Saborido Loidi

Instituto Cubano de Radio y Televisión:

Alfonso Noya Martínez

Instituto Nacional de Deporte, Educación Física y Recreación:

Antonio Eduardo Becali Garrido
Nuevos miembros del Consejo de Ministros, en los cargos de ministros y ministras de:

Industria Alimentaria:

Iris Quiñones Rojas

Comercio Interior:

Betsy Díaz Velázquez

Economía y Planificación:

Alejandro Gil Fernández

Salud Pública:

José Ángel Portal Miranda

Energía y Minas:

Raúl García Barreiro

Comunicaciones:

Jorge Luis Perdomo Di-Lella

Cultura:

Alpidio Alonso Grau

Justicia:

Oscar Manuel Silveira Martínez

Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos:

Antonio Rodríguez Rodríguez

¿Cuáles son las atribuciones del Consejo de Ministros?

a) Organizar y dirigir la ejecución de las actividades políticas, económicas, culturales, científicas, sociales y de defensa acordadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular.

b) Proponer los proyectos de planes generales de desarrollo económico-social del Estado y, una vez aprobados por la Asamblea Nacional del Poder Popular, organizar, dirigir y controlar su ejecución.

c) Dirigir la política exterior de la República y las relaciones con otros gobiernos.

ch) Aprobar tratados internacionales y someterlos a la ratificación del Consejo de Estado.

d) Dirigir y controlar el comercio exterior.

e) Elaborar el proyecto de presupuesto del Estado y una vez aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, velar por su ejecución.

f) Adoptar medidas para fortalecer el sistema monetario y crediticio.

g) Elaborar proyectos legislativos y someterlos a la consideración de la Asamblea Nacional del Poder Popular o del Consejo de Estado, según proceda.

h) Proveer a la defensa nacional, al mantenimiento del orden y la seguridad interiores, a la protección de los derechos ciudadanos, así como a la salvaguarda de vidas y bienes en caso de desastres naturales.

i) Dirigir la administración del Estado, y unificar, coordinar y fiscalizar la actividad de los organismos de la Administración Central y de las Administraciones Locales.

j) Ejecutar las leyes y acuerdos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, así como los decretos-leyes y disposiciones del Consejo de Estado y, en caso necesario, dictar los reglamentos correspondientes.

k) Dictar decretos y disposiciones sobre la base y en cumplimiento de las leyes vigentes y controlar su ejecución.

l) Revocar las decisiones de las Administraciones subordinadas a las Asambleas Provinciales o Municipales del Poder Popular, adoptadas en función de las facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado, cuando contravengan las normas superiores que les sean de obligatorio cumplimiento

ll) Proponer a las Asambleas Provinciales y Municipales del Poder Popular revocar las disposiciones que sean adoptadas en su actividad específica, por las administraciones provinciales y municipales a ellas subordinadas, cuando contravengan las normas aprobadas por los organismos de la Administración Central del Estado, en el ejercicio de sus atribuciones

m) Revocar las disposiciones de los Jefes de organismos de la Administración Central del Estado, cuando contravengan las normas superiores que les sean de obligatorio cumplimiento

n) Proponer a la Asamblea Nacional del Poder Popular o al Consejo de Estado la suspensión de los acuerdos de las Asambleas Locales del Poder Popular que contravengan las leyes y demás disposiciones vigentes, o que afecten los intereses de otras comunidades o los generales del país

ñ) Crear las comisiones que estimen necesarias para facilitar el cumplimiento de las tareas que le están asignadas

o) Designar y remover funcionarios de acuerdo con las facultades que le confiere la ley.

p) Realizar cualquier otra función que le encomiende la Asamblea Nacional del Poder Popular o el Consejo de Estado.

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