Para la Revolución cubana, la vida, los ideales y la obra histórica constituyen el fundamento esencial para perpetuar y reverenciar a los grandes hombres de la Patria.
CUBA, 27 de diciembre de 2016.- El proyecto de Ley que hoy presenta el Consejo de Estado a la consideración de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en el ejercicio de la iniciativa legislativa reconocido en el artículo 88 inciso b) de la Constitución de la República, responde a la voluntad del líder histórico de la Revolución cubana, Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, que como señalara el General de Ejército Raúl Castro Ruz, en el acto político en su homenaje efectuado en la Plaza Mayor General Antonio Maceo Grajales, de Santiago de Cuba, el pasado 3 de diciembre, era su deseo (cito): “que una vez fallecido, su nombre y su figura nunca fueran utilizados para denominar instituciones, plazas, parques, avenidas, calles u otros sitios públicos, ni erigidos en su memoria monumentos, bustos, estatuas y otras formas similares de tributo”.Fieles a la tradición histórica universal, a lo largo de los años los cubanos hemos reverenciado a nuestros héroes mediante formas de tributo similares a las mencionadas. Muchas de nuestras plazas, calles y sitios rememoran a grandes hombres de la Patria, como justo reconocimiento a sus vidas.
Durante el año 2015 Cuba mantuvo su política de “Tolerancia Cero” ante cualquier modalidad de trata de personas y otros delitos relacionados con la explotación sexual, laboral o de otra índole, mediante el fortalecimiento en el contexto interno de las acciones y adopción de medidas dirigidas a elevar la prevención, el enfrentamiento, sancionar severamente a los autores y brindar protección a las víctimas. Paralelamente, Cuba ha incrementado la colaboración internacional como Estado Parte de los diversos instrumentos jurídicos internacionales suscritos sobre este tema.