El Departamento de Estado anunció hoy la decisión de permitir que, a partir del próximo 19 de marzo y al amparo del Título III de la ley Helms-Burton, se presenten demandas judiciales en tribunales de los Estados Unidos únicamente contra empresas cubanas incluidas en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas elaborada por ese gobierno en noviembre de 2017 y actualizada un año después. Este listado arbitrario e ilegítimo, dirigido a recrudecer el bloqueo y extender sus efectos extraterritoriales, prohíbe a los ciudadanos estadounidenses realizar transacciones financieras directas con las entidades señaladas.
El anuncio del Departamento de Estado también indicó que suspendería por solo 30 días la posibilidad de iniciar acciones judiciales por igual concepto en contra de otras entidades cubanas o extranjeras con vínculos comerciales o económicos en Cuba.
Ubicada a 45 kilómetros de La Habana, la Terminal de Contenedores (TC) de Mariel, primer usuario de la Zona Especial de Desarrollo, es una empresa ciento por ciento cubana y gestionada además bajo un contrato de administración a largo plazo por psa International, primer operador portuario a nivel mundial.
El gobierno cubano reitera a los socios económicos y las empresas extranjeras que operan en Cuba todas las garantías para la inversión extranjera y los proyectos conjuntos. La Constitución Cubana, ratificada por amplia mayoría en referendo el pasado 24 de febrero de 2019, en su artículo 28 reconoce también esas garantías, incorporadas en la Ley de Inversión Extranjera No. 118 del 29 de marzo de 2014.