Señor Presidente:
Cuba ha apoyado y continuará apoyando plenamente el Instrumento internacional que permite a los Estados identificar y rastrear de forma oportuna y fidedigna las armas pequeñas y ligeras ilícitas, por considerar que constituye una herramienta útil para prevenir, combatir y erradicar de manera efectiva el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras.
Respaldamos su plena y efectiva implementación por todos los Estados miembros.
En opinión de Cuba, el Instrumento Internacional sobre el Marcaje, el Registro y Rastreo de armas pequeñas y ligeras, mantiene plena vigencia.
Si bien es innegable la incidencia que los adelantos científico-técnicos podrían tener en lo relativo a las armas pequeñas y ligeras y, por tanto, en su marcado, registro y rastreo; esta no es una realidad que afecte a la mayoría de los Estados, para los que los métodos tradicionales siguen siendo efectivos.
En opinión de Cuba, las propuestas sobre la posible aplicación de ciertas tecnologías avanzadas en el contexto de la ITI requieren debates en profundidad entre los expertos, para evaluar sus impactos técnicos y económicos, así como su viabilidad.
Esta iniciativa no debe coadyuvar a la imposición de desarrollados estándares internacionales para el marcaje, registro y rastreo de armas pequeñas y ligeras.
Cuba reitera la responsabilidad de los Estados en el control de las armas pequeñas y ligeras en su territorio y de estudiar, promover, aprobar y hacer cumplir las disposiciones jurídicas pertinentes para controlar, en los territorios bajo su jurisdicción, este fenómeno.
Es prerrogativa nacional de cada Estado establecer los estándares y procedimientos para el manejo y seguridad de sus armas pequeñas y ligeras y la elección de los métodos de marcación, registro y rastreo de esas armas.
Al propio tiempo, los esfuerzos nacionales en el enfrentamiento al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras deben complementarse con la necesaria asistencia y cooperación internacional.
Las tecnologías que podrían mejorar el registro y rastreo para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras deben examinarse en el contexto de la cooperación internacional y asistencia, con vista a facilitar su transferencia, sin condiciones previas.
Se debe garantizar a todos los Estados la posibilidad de acceder en igualdad de condiciones a esas tecnologías.
La cooperación internacional es un pilar clave para la aplicación efectiva del ITI. Por tanto, previa solicitud del Estado, debe incrementarse la asistencia técnica y financiera; el fomento de las capacidades en la áreas de marcación, mantenimiento de registros y rastreo; así como facilitarse la transferencia de tecnología y la movilización de recursos.
Señor Presidente:
Como ya se expuso, contamos en nuestra legislación nacional con el Decreto-Ley 262 del año 2008, sobre armas y municiones.
En el caso de nuestro país, no existen intermediarios en el comercio de armas pequeñas y ligeras, y todas las actividades relacionadas con ese tipo de armas las controla el Estado.
Las armas pequeñas y ligeras en la República de Cuba son propiedad del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior, para ser utilizadas con fines de la defensa y la seguridad nacional del país.
En ambos Ministerios existen Registros y reglamentaciones internos para un óptimo control, que permite a las autoridades detectar cualquier pérdida y proceder a su recuperación y cotejo sin demora.
Además, los depósitos de armas cuentan con locales apropiados para el almacenamiento, medidas de seguridad física, gestión de existencias y control contable.
En Cuba, todas las armas pequeñas y ligeras en poder de las fuerzas armadas y de los órganos de seguridad del Estado están debidamente marcadas y registradas, no permitiéndose la eliminación o alteración de las referidas marcas.
De igual modo, nuestra legislación nacional dispone que las personas naturales o jurídicas poseedoras de licencia de armas de fuego, tienen la obligación de mantener actualizados los controles que se establezcan por el Ministerio del Interior, referente a las armas de fuego, sus accesorios y municiones autorizadas.
Señor Presidente:
Nuestro país ha manifestado su disposición a cooperar en materia de rastreo, en correspondencia con su legislación nacional y atendiendo a los compromisos internacionales asumidos en el combate al tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras, que en muchas oportunidades está relacionado a otros delitos trasnacionales.
En este contexto, hemos reconocido la importancia del intercambio de información, aspecto sobre el que igualmente recordamos su naturaleza voluntaria, así como la confidencialidad de la misma.
Teniendo en cuenta que las armas pequeñas y ligeras constituyen el único medio defensivo de la mayoría de los países del mundo, mientras que para otros representan sólo una categoría más de armas dentro del vasto arsenal militar que poseen, incluidas las armas nucleares; consideramos que el Instrumento internacional sobre rastreo debe aplicarse respetando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, incluido el derecho inmanente a la legítima defensa, de conformidad con el artículo 51 de la Carta.
Muchas gracias.