Bloqueo del gobierno de Estados Unidos contra Cuba: Una introducción necesaria

Nueva York, 4 de febrero de 2020. El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los Estados Unidos de América contra Cuba por casi seis décadas, es el sistema de sanciones unilaterales más injusto, severo y prolongado que se ha aplicado contra país alguno. Instituido el 3 de febrero de 1962 por John F. Kennedy – el presidente número 35 de los Estados Unidos de América- mediante la orden ejecutiva 3447, continúa  vigente y se aplica con todo rigor, siendo el principal obstáculo para el desarrollo de la nación cubana.

Dicha política, que ya cumple 58 años, constituye una violación masiva, flagrante y sistemática de los derechos humanos de todo el pueblo cubano y califica como acto de genocidio, a tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948.  Es violatoria de la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional, y constituye un obstáculo para la cooperación internacional.

El recrudecimiento del bloqueo continuó siendo el eje central de la política del gobierno de los Estados Unidos (EE.UU.) hacia Cuba, con efectos cada vez más notables en su aplicación extraterritorial. Por su declarado propósito y el andamiaje político, legal y administrativo en el que se sustenta, estas sanciones califican como acto de genocidio a tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948 y como un acto de guerra económica según lo establecido en la Conferencia Naval de Londres de 1909.

A precios corrientes, los daños acumulados durante casi seis décadas de aplicación de esta política alcanzan la cifra de 138 mil 843, 4 millones de dólares. Tan solo desde abril de 2018 hasta marzo de 2019, las medidas de agresión económica a la isla han aumentado, causando dicha política pérdidas a Cuba en el orden de los 4 mil 343, 6 millones de dólares.

Durante este mismo periodo, el fortalecimiento de la aplicación extraterritorial del sistema de sanciones contra Cuba se reflejó en constantes afectaciones a las empresas, bancos y embajadas cubanas, las cuales enfrentan colosales obstáculos en sus actividades comerciales y financieras en muchos países del mundo.

Por solo citar dos ejemplos, se debe mencionar que el Departamento de Estado de los EE.UU., amplió en tres ocasiones la “Lista de Entidades Cubanas Restringidas” que son objeto de sanciones adicionales a las impuestas por las regulaciones del bloqueo, ocasionando daños considerables a la economía del país, por su efecto intimidatorio sobre la comunidad empresarial internacional. Al mismo tiempo, Washington decidió   permitir la posibilidad de que, al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton, se puedan tomar acciones judiciales en tribunales de los EE.UU. ante demandas presentadas por ciudadanos o entidades estadounidenses contra empresas o individuos cubanos o de terceros países que se relacionen comercialmente con propiedades nacionalizadas en Cuba en la década de 1960.

Esta política de agresión económica, junto a la promoción de la subversión interna, corroboran el objetivo del gobierno estadounidense de destruir el sistema económico, político y social libremente escogido por el pueblo cubano, al tiempo que hace caso omiso de las 28 resoluciones adoptadas por la comunidad internacional en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y que dictan el fin, sin condicionamiento alguno, de su política contra Cuba y su pueblo.

La imposición del bloqueo económico, comercial y financiero  por parte de  los Estados Unidos contra Cuba constituye el principal obstáculo para el desarrollo de todas las potencialidades de la economía cubana. Representa un freno para la implementación tanto del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social del país, como de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible. Es el principal escollo para el desarrollo de las relaciones económicas, comerciales y financieras de Cuba con los Estados Unidos y, por su carácter extraterritorial, con el resto del mundo.

 

Misión Permanente de Cuba ante Naciones Unidas.

 

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