Ago
05
2021
COMUNICADO DE PRENSA.
- Con apego a la legalidad y respeto al debido proceso y a todas las garantías previstas en la legislación cubana, los tribunales de justicia municipales han procesado, hasta el momento, a 62 personas relacionadas con los disturbios recientes. Esto fue informado a la opinión pública por Joselín Sánchez Hidalgo, magistrado del Tribunal Supremo Popular (TSP) y director de Supervisión y Atención a la Población del TSP.
- Las personas que se han puesto a disposición de los tribunales son aquellas son aquellas que han cometido delito.
- El delito predominante en estos casos ha sido el desorden público, en 53 de los sancionados, unido a otros delitos tales como el de resistencia, desacato, instigación a delinquir y daños. Para hechos de esta naturaleza, El Código Penal cubano prevé sanciones de hasta un año de privación de libertad o multa de 300 cuotas, o ambas.
- Las garantías y derechos que la legislación contempla continúan guiando el proceso, tales como el derecho a aportar pruebas, tanto el denunciante como el acusado; comparecer con abogado, si lo considera la persona imputada; mostrar inconformidad con los miembros del tribunal, declarar o abstenerse de hacerlo el acusado, el derecho de «última palabra», así como la posibilidad de establecer recurso de apelación.
- En los procesos judiciales tramitados hasta el momento se ha mantenido una observancia estricta de cada una de estas garantías, en particular el derecho a la práctica de pruebas y la obligación de demostrar la responsabilidad de los acusados en los hechos que se les imputan.
- Cuba reitera la denuncia de los intentos de manipulación mediática sobre el derecho a la defensa. En los delitos cuyas sanciones son hasta un año de privación de libertad, y que son tramitados por los tribunales municipales, se admite la comparecencia de los abogados, si los acusados deciden concurrir con estos al momento del juicio oral, conforme lo establece el artículo 360 de la Ley de Procedimiento Penal vigente.
- De las personas juzgadas hasta el momento, 22 comparecieron al acto del juicio oral asistidos por abogados de su elección; del total de acusados uno resultó absuelto. 45 personas han establecido el recurso de apelación y, de ellos, 40 han designado abogado.
- Le fue revocada la sanción subsidiaria o la libertad condicional a 21 sancionados que participaron en los hechos, incumpliendo con obligaciones previas impuestas por la ley. En estos casos, los implicados también tienen el derecho a establecer el recurso correspondiente contra la decisión del tribunal (derecho a súplica).
- El Tribunal Supremo Popular ha recibido seis preocupaciones, referidas al derecho a la defensa e inconformidad con las sanciones impuestas. Ya cuatro de ellas fueron investigadas, en dos de estas se notificó la respuesta, y dos están en curso.
- Estos asuntos, que son competencia de los tribunales municipales, se dirimen por procedimientos ágiles y expeditos según la ley, pero en ningún momento están exentos del cumplimiento de todas las garantías. Se trata de procesos que no requieren obligatoriamente asistencia letrada para establecer recursos de apelación, pues el propio sancionado puede, mediante un escrito, mostrar su inconformidad con el fallo y ello es suficiente para elevar las actuaciones al tribunal superior.
- El fiscal jefe de la Dirección de Atención a los Ciudadanos de la Fiscalía General de la República (FGR), Dixán Fuentes Guzmán, informó a la opinión pública que del 11 de julio al 3 de agosto, en relación con los hechos denunciados, dicho órgano ha atendido 215 personas, de 12 provincias y del Municipio Especial Isla de la Juventud, por las vías de atención que tiene la fiscalía, incluyendo de manera presencial, la entrega de documentos personalmente o por correo electrónico.
- Se han recibido por esas vías 47 reclamaciones, lo que desmiente las campañas de manipulación que hablaban de quebrantamientos de la legalidad y listas de supuestos desaparecidos.
- Se han atendido todas las reclamaciones, independientemente del grado de afinidad o familiaridad con los implicados.
- Entre las principales reclamaciones se encontraron inquietudes por conocer el lugar de detención; inconformidad con el lugar de la detención y con la detención en sí, así como solicitud de información de los términos de la detención y los derechos de los acusados, o desacuerdo con los delitos imputados.
- En menor medida, se presentaron reclamaciones sobre las actuaciones de agentes del orden en el momento de la detención, inconformidades con las medidas cautelares y la ocupación de bienes, así como discrepancias con las sanciones impuestas o preocupación con procesos que involucraron a algún menor.
- De las 47 reclamaciones, se ha concluido la pesquisa de 12 y se ofreció respuesta a las personas. Hasta el momento no se han detectado violaciones de la legalidad. No obstante, las investigaciones continúan, para lo que se dispone de un término de 60 días, si bien se trabaja por invertir el menor tiempo posible.
- Las reclamaciones por presuntos excesos cometidos por los agentes del orden al momento de la detención, no han sido representativas y se investigan.
- En el caso de menores de 18 años de edad en conflicto con la ley, la legislación prevé procedimientos específicos que amparan a los implicados, si bien la edad penal en Cuba es de 16 años.
- A algunos imputados se les han impuesto sanciones administrativas y se han modificado medidas cautelares de prisión provisional, aunque se ha mantenido esta medida en aquellos casos de mayor gravedad.
- Otros ciudadanos, tras las investigaciones, han quedado en libertad sin cargos, en tanto prosiguen su curso aquellos procesos relacionados con los delitos más graves.
Misión Permanente de Cuba
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