Señor Presidente,
La delegación de Cuba reitera su compromiso con la lucha contra la impunidad de los crímenes que afectan a la Comunidad Internacional.
Al propio tiempo, observamos con preocupación la situación internacional actual, caracterizada por la retirada de algunos miembros del Estatuto de Roma, lo que socava los principios del derecho internacional.
Creemos que hoy, es más necesario que nunca contar con una institución judicial independiente que imparta justicia. Sin embargo, a partir de lo regulado en los artículos 13 apartado b) y artículo 16 del Estatuto de Roma, la realidad es que esta institución está lejos de ser independiente, teniendo en cuenta los enormes poderes que los citados artículos otorgan al Consejo de Seguridad en relación con el trabajo de la Corte Penal Internacional.
Este escenario refleja el progresivo detrimento de la esencia de la jurisdicción de este órgano, violando el principio de la independencia de los órganos judiciales y la transparencia e imparcialidad en la administración de justicia.
La prerrogativa del Consejo de Seguridad de remitir situaciones a la Corte confirma una tendencia negativa hacia una política selectiva hacia países en desarrollo, en nombre de una supuesta "lucha contra la impunidad".
Por ello Cuba reitera su posición a favor del establecimiento de una jurisdicción penal internacional imparcial, no selectiva, eficaz, justa, complementaria de los sistemas nacionales de justicia, verdaderamente independiente y, por tanto, exenta de subordinaciones a intereses políticos que puedan desvirtuar su esencia.
Señor Presidente,
La Corte Penal Internacional no puede desconocer los Tratados Internacionales y los principios del Derecho Internacional. La Corte debe respetar el principio de derecho relativo al consentimiento del Estado para obligarse por un tratado, lo cual queda refrendado en el artículo 11 de la Parte II de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, de 23 de mayo de 1969.
Una vez más, Cuba expresa su seria preocupación por el precedente que crean las decisiones de la Corte de iniciar procesos judiciales contra nacionales de Estados no Partes en el Estatuto de Roma, que ni siquiera han aceptado su competencia, de conformidad con el artículo 12 del mismo.
Señor Presidente:
La Corte Penal Internacional debe informar de sus actividades a la Asamblea General sobre la base de lo establecido en el Acuerdo de Relaciones.
Cuba está dispuesta a continuar participando, de manera activa, en los procesos de negociación relacionados con la Corte Internacional, especialmente de la resolución “Informe de la Corte Penal internacional”, el cual es adoptado cada año por la asamblea General y que debe reflejar las posiciones tanto de los Estados Partes como de los no Partes de la Corte.
Para concluir, Cuba reafirma su voluntad de luchar contra la impunidad, y mantiene su compromiso con la justicia penal internacional, el apego a los principios de transparencia, independencia e imparcialidad y el respeto al Derecho Internacional.
Muchas Gracias