Informe del Secretario General de las Naciones Unidas
En su resolución 74/7, titulada “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”, la Asamblea General solicitó al Secretario General que, en consulta con los órganos y organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, preparara un informe sobre el cumplimiento de esa resolución a la luz de los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y del derecho internacional y se lo presentara en su septuagésimo quinto período de sesiones.
A continuación, una selección de las respuestas de los Gobiernos y de los órganos y organismos del sistema de las Naciones Unidas, contenidas en el Informe del Secretario General de las Naciones Unidas.
Canadá
El Gobierno del Canadá reafirma su apoyo a la resolución 74/7 de la Asamblea General. La legislación del Canadá establece que ninguna empresa canadiense aplicará, en relación con ninguna actividad comercial entre el Canadá y Cuba, medidas extraterritoriales del tipo mencionado en esa resolución.
El Canadá considera que la aplicación extraterritorial de medidas unilaterales relacionadas con Cuba es contraria al derecho internacional. El Canadá está profundamente decepcionado con la decisión de los Estados Unidos de poner en práctica el título III de la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas (Ley Libertad), conocida comúnmente como Ley Helms-Burton. El bloqueo tiene un impacto negativo en las condiciones de vida del pueblo cubano, así como en los canadienses que realizan actividades comerciales y de inversión legítimas en Cuba y con dicho país.
Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba | Informe del Secretario General