NOTA INFORMATIVA

Ante la creciente y acelerada expansión del SARS CoV 2/Covid-19, se ha decidido adoptar la siguiente medida con carácter temporal, la cual entrará en vigor a partir del 19 de marzo de 2020.

Los ciudadanos cubanos próximos a cumplir los 24 meses de estancia ininterrumpida en el extranjero, no necesitarán solicitar prorrogas a partir del 19 de marzo de 2020 y podrán permanecer fuera de Cuba hasta nuevo aviso, manteniendo su condición de Residentes Permanentes en el territorio nacional.

Para mayor precisión, favor contactar con el Consulado u Oficina Consular, a través de las siguientes vías:

E mail: consulado@embacubaemiratos.ae

Teléfono: (971) 2 443 0327

Categoría
Comunidad cubana
Situaciones Excepcionales
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