Consulado General de Cuba en Sao Paulo

Jurisdicción consular: Sao Paulo, Río de Janeiro, Minas Gerais, Espíritu Santo, Paraná, Santa Catarina y Río Grande del Sur

 

ORIENTACIONES GENERALES PARA REALIZAR TRÁMITES CONSULARES

  1. Los ciudadanos cubanos deben presentar el pasaporte cubano  para realizar cualquier trámite en el Consulado.
  2. Los documentos oficiales expedidos en Cuba, deben estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores cubano  antes de presentarlos en el Consulado para cualquier trámite.
  3. Las solicitudes de trámite se pueden realizar de forma:

- PRESENCIAL

Cuando el interesado se presenta en el Consulado a solicitar un trámite para sí mismo.

NO PRESENCIAL (implica el pago de un arancel adicional de R$175,00 por “por trámite no presencial”).

  1. Cuando la persona que se presenta en el Consulado solicita un trámite para otra persona. 
  2. Mediante el envío de toda la documentación requerida, adjunta a un único mensaje de correo electrónico dirigido a: consuladocuba@uol.com.br
  3. Mediante el envío, por correo postal, de un sobre con toda la documentación requerida dirigido a: Consulado Geral de Cuba, Rua Cardoso de Almeida 2115, Sumaré,  São Paulo. CEP 01251- 001.

Si se realizan varios trámites a nombre de una misma persona, en una única visita al Consulado, se abona un solo arancel adicional “por trámite no presencial”.

  1. Los trámites correspondientes a menores de 16 años pueden ser realizados en el Consulado por uno de los padres, o el tutor legal, sin presencia del menor. En tales casos no se requiere abonar el pago adicional de R$175,00 “por trámite no presencial”.
  2. En los trámites que se realizan de forma “presencial” el solicitante debe entregar toda la documentación requerida de forma impresa. No se aceptará el envío de la misma por correo electrónico.
  3. Si la solicitud  de trámite, presencial o no presencial, no cumple con todos los requisitos establecidos, será rechazada; lo que se notificará al interesado para que la reinicie según lo establecido.
  4. No se permite el ingreso al Consulado General en pantalón corto y/o camiseta.

SERVICIOS CONSULARES PARA CIUDADANOS CUBANOS

Migratorios

Declaraciones consulares

Notariales

Los servicios notariales (poderes) se solicitan únicamente por correo electrónico. Una vez confeccionado el poder, se le avisará al interesado, para que se presente en el Consulado y realice revisión, firma y recogida de la escritura notarial (poder).

Por ley, las escrituras notariales se firman por el interesado ante notario o cónsul, por lo que los trámites notariales son considerados presenciales, aunque la solicitud se realice por correo electrónico.

 

 

 

Funcionarios