Interviene Edilen B. Pita Rodríguez, primera secretaria de la Misión Permanente de Cuba, en el 344 Consejo de Administración de la OIT.

Intervención de Edilen B. Pita Rodríguez, primera secretaria de la Misión Permanente de Cuba, en el 344 Consejo de Administración de la OIT.  Cuestiones relativas a la inclusión de las condiciones de trabajo seguras y saludables en el marco de la OIT relativo a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (GB.344/INS/6)

Señora Presidenta,

Agradecemos a la Oficina la presentación del informe, y tomamos notal del mismo.

Para Cuba, la seguridad y salud en el trabajo representa una prioridad y como tal, la Ley 116 del 17 de junio de 2014, Código del Trabajo, la reconoce en su artículo 2, inciso g, como principio fundamental. El Capítulo XI de esta norma desarrolla todo lo concerniente a este principio.

Ello evidencia que mi país le otorga gran relevancia a la seguridad y la salud en el trabajo, la cual se ha protegido en todo momento, incluso en el proceso de actualización del modelo económico cubano que preserva toda conquista alcanzada en bienestar de los trabajadores.

Señora presidenta,

Cuba expresa su acuerdo con que el principio de seguridad y salud en el trabajo se introduzca como enmienda específica en el párrafo 2 de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (Declaración de 1998). Concordamos también en que debe modificarse su título y llamarse, en lo adelante, Declaración de 1998 enmendada.

Al igual que otras delegaciones, creemos que se requiere más debate sobre el término para designar el nuevo principio fundamental. Por nuestra parte, preferimos el término “condiciones de trabajo seguras y saludables” reconocido en la Resolución sobre la Declaración del Centenario, en instrumentos internacionales de derechos humanos y en nuestra legislación nacional.

Por último, consideramos necesario una discusión más amplia sobre los convenios que pasarían a considerarse como fundamentales. Este asunto requiere recabar las opiniones de todos los miembros de la Organización, los cuales contraerían nuevas obligaciones una vez se consideren como fundamentales los instrumentos relativos a la seguridad y salud en el trabajo.

Solicitamos a la Oficina que facilite información más exhaustiva, para que la decisión se adopte después de que haya tenido lugar una discusión abarcadora sobre el tema en el marco de la 110 Conferencia Internacional del Trabajo.

Muchas gracias.

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