Sep
15
2022
Constitución de la República de Cuba (año 2019).
ARTÍCULO 3. En la República de Cuba la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. El pueblo la ejerce directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y las leyes.
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Categoría:
Comunidad cubana
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