Ante la creciente y acelerada expansión del SARS CoV 2/Covid-19, se ha decidido adoptar las siguientes medidas con carácter temporal, las cuales entrarán en vigor a partir del 19 de marzo de 2020.
- Los ciudadanos cubanos que hoy se encuentran en el exterior en países donde se aplica la captura de datos biométricos, podrán confeccionarse, hasta el 30 de abril del presente año, el pasaporte sin tener que visitar nuestros consulados y oficinas consulares. Para ello, deben utilizar la planilla de solicitud disponible en el Sitio Web de cada consulado u oficina consular, y cumplir con los requisitos de calidad establecidos para la foto y firma. En el caso de argentina, se trabaja para implementar los mecanismos que permitan realizar este tramite a distancia. Cualquier duda relacionada con este particular sugerimos comunicarse directamente con nuestra oficina consular.
Posterior a la fecha antes señalada, teniendo en cuenta la evolución de la situación epidemiológica internacional, se reevaluará la continuidad, o no, de esta medida.
- Los ciudadanos cubanos próximos a cumplir los 24 meses de estancia ininterrumpida en el extranjero, no necesitarán solicitar prorrogas a partir del 19 de marzo de 2020 y podrán permanecer fuera de Cuba hasta nuevo aviso, manteniendo su condición de Residentes Permanentes en el territorio nacional.
Para mayor precisión, favor contactar con el Consulado u Oficina Consular, a través de las siguientes vías:
Teléfonos: (54-11) 4782-9049/4782-9089
Emails: consulado@ar.embacuba.cu
Sitio web: http://misiones.minrex.gob.cu/es/argentina
Twitter: @EmbaCubaArg y @ConsulCuba_ARG
Facebook: Embajada de la República de Cuba en la República Argentina
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