Novena Conferencia de Examen de la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción. Declaración de Cuba: Artículo IV
Señora Presidente,
En Cuba se aplican mecanismos de control reforzados, a través de un riguroso sistema de inspección, que permite verificar el cumplimiento de la legislación nacional vigente y las medidas establecidas para garantizar el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 4 de la Convención.
Este sistema se extiende a todas las instalaciones del país con riesgo biológico y a aquellas que forman parte del sistema nacional de contabilidad y control.




